Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2017 (26/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Viernes 26 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, la Ley Nº 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud de inspección técnica a aeronave, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 10, correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud presentada por la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe Nº 209-2017-MTC/12.07, al que se anexa las respectivas Órdenes de Inspección, así como, por la citada Dirección General, según el Informe Nº 196-2017MTC/12.07, verificándose el cumplimiento de lo señalado
Código: F-DSA-P&C-002

en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por el Ley Nº 27261, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 30518, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores GUILLERMO JULIO RIVERO PUN y LUCIO CHICOMA FERNANDEZ, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del 26 al 30 de junio de 2017, a la ciudad de Medellín, República de Colombia, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Los inspectores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones
Revisión: Original Fecha: 30.08.10

DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 26 AL 30 DE JUNIO DE 2017 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 209-2017-MTC/12.07 Y Nº 196-2017-MTC/12.07
ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 2149-7375

296-2017-MTC/12.07 26-jun

30-jun US$ 1,000.00

TRANS RIVERO PUN, AMERICAN Medellín GUILLERMO JULIO AIRLINES S.A. TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. CHICOMA FERNANDEZ, LUCIO Medellín

República Inspección técnica a la aeronave A330F, de matrícula: N334QT por expedición de Colombia Constancia de Conformidad República Inspección técnica a la aeronave A330F, de matrícula: N334QT por expedición de Colombia Constancia de Conformidad

297-2017-MTC/12.07 26-jun

30-jun US$ 1,000.00

2149-7375

1525014-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 433-2017 MTC/01.02 Lima, 24 de mayo de 2017 VISTOS: Las solicitudes de las empresas AERO TRANSPORTE S.A., mediante carta ATSA OPER INST 118/17 del 20 de abril de 2017, y SERVICIOS AÉREOS TARAPOTO E.I.R.L. mediante Carta SAETA 0022-2017/TG del 24 de abril de 2017, el informe Nº 313-2017-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 209-2017-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria, aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y sus modificatorias, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley Nº 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias;

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