Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2017 (26/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Viernes 26 de mayo de 2017 /

El Peruano

Artículo 1°.- INICIAR el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EPS EMAPAT S.A. Artículo 2°.- NOTIFICAR a EPS EMAPAT S.A. la presente resolución. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - Sunass (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MAX ARTURO CARBAJAL NAVARRO Gerente de Regulación Tarifaria (e) 1524595-2 RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 007-2017-SUNASS-GRT EXP.: 003-2017-SUNASS-GRT-FT Lima, 22 de mayo 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento1 establece en su artículo 74.1, que las tarifas aprobadas por la Sunass tienen una vigencia de cinco años; Que, tal como lo dispone el artículo 102 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley N° 263382, las EPS deben presentar a la Sunass su Plan Maestro Optimizado (PMO) revisado y actualizado, a más tardar nueves meses antes de concluir cada período quinquenal; Que, de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento General de Tarifas3 (RGT), la Gerencia de Regulación Tarifaria (GRT) podrá dar inicio al procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, cuando habiendo transcurrido el plazo previsto en el considerando anterior, la EPS no ha cumplido con presentar su PMO; Que, asimismo, el artículo 35 del RGT establece como requisito adicional para el inicio del procedimiento de oficio, que la SUNASS cuente, de manera suficiente, con la información prevista en el Título 2 y Anexo N° 2 del RGT, sobre la "Metodología para la Formulación del PMO" y "Contenido General del PMO"; caso contrario, la GRT podrá solicitar a la EPS la información que considere necesaria; Que, de conformidad con el artículo 36 del RGT, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos antes señalados, la GRT dispondrá el inicio del procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de la EPS; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 057-2011-SUNASS-CD4 se aprobó la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de E.P.S. MARAÑÓN S.R.L.5 para el quinquenio regulatorio 20112016, el cual ha concluido; Que, a fin de que la EPS cumpla con presentar su PMO revisado y actualizado, del 5 al 9 de setiembre de 2016, GRT brindó asistencia técnica a E.P.S. MARAÑÓN S.R.L., oportunidad en la cual se revisó información relativa a aspectos operacionales, comerciales y financieros de la empresa, para su posterior presentación a la Sunass; Que, a través del Oficio N° 125-2016 G.G./EPS MARAÑON S.R.L.6, E.P.S. MARAÑÓN S.R.L. remitió la información señalada en el considerando anterior, respecto a la cual se formularon observaciones, que fueron comunicadas a la EPS con Oficio N° 236-2016-SUNASS-1107; Que, con el objetivo de validar la información

presentada por E.P.S. MARAÑÓN S.R.L., GRT programó una visita a la EPS, la cual se realizó del 28 de noviembre al 2 de diciembre de 2016, en dicha ocasión se recopiló información sobre aspectos operacionales, comerciales y financieros de la empresa, y se le solicitó información adicional; Que, con Oficio N° 188-2016 G.G/EPS MARAÑON S.R.L8, E.P.S. MARAÑÓN S.R.L. remitió parte de la información solicitada; Que, el 23 de marzo de 2017, GRT brindó asistencia técnica a E.P.S. MARAÑÓN S.R.L., ocasión en la cual se revisó información sobre aspectos financieros de la empresa, para su posterior presentación a la Sunass, la cual fue remitida mediante comunicación electrónica de fecha 7 de abril de 2017; Que, posteriormente, en el marco de la asistencia técnica programada del 17 al 21 de abril de 2017, E.P.S. MARAÑÓN S.R.L. presentó información actualizada sobre aspectos operacionales, comerciales y financieros de la empresa; Que, no obstante los hechos antes señalados, dado que hasta la fecha E.P.S. MARAÑÓN S.R.L. no ha presentado su PMO debidamente revisado y actualizado, GRT ha procedido a revisar la información obtenida durante el proceso de asistencia técnica, considerando que es información suficiente para dar inicio al procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; Que, por tanto, al haberse verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos, corresponder iniciar el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de E.P.S. MARAÑÓN S.R.L.; De conformidad con el artículo 36 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- INICIAR el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de E.P.S. MARAÑÓN S.R.L. Artículo 2°.- NOTIFICAR a E.P.S. MARAÑÓN S.R.L. la presente resolución. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MAX ARTURO CARBAJAL NAVARRO Gerente de Regulación Tarifaria (e)

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Aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1280, publicado el 29 de diciembre de 2016 en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano. Aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA. Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASSCD y sus modificatorias. Publicada el 12 de diciembre de 2011 en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano. Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Marañón Sociedad de Responsabilidad Limitada. Recibido por la Sunass el 21 de octubre de 2016. Recibido por la EPS el 17 de noviembre de 2016. Recibido por la Sunass el 29 de diciembre de 2016.

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