Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2017 (26/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Viernes 26 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, a solicitud de E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A., GRT brindó asistencia técnica del 18 al 20 de abril de 2017 a la EPS con el objetivo de apoyarla en el levantamiento de las observaciones formuladas a la información antes presentada, lo cual permitió recopilar información sobre aspectos financieros y comerciales; Que, no obstante los hechos antes señalados, dado que hasta la fecha E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A. no ha presentado su PMO debidamente revisado y actualizado, GRT ha procedido a revisar la información obtenida durante el proceso de asistencia técnica, considerando que es información suficiente para dar inicio al procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; Que, por tanto, al haberse verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos, corresponder iniciar el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A.; De conformidad con el artículo 36 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- INICIAR el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A. Artículo 2°.- NOTIFICAR a E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A. la presente resolución. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MAX ARTURO CARBAJAL NAVARRO Gerente de Regulación Tarifaria (e) 1524595-1 RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 006-2017-SUNASS-GRT EXP.: 002-2017-SUNASS-GRT-FT Lima, 22 de mayo de 2017 CONSIDERANDO:

Que, asimismo, el artículo 35 del RGT establece como requisito adicional para el inicio del procedimiento de oficio, que la Sunass cuente, de manera suficiente, con la información prevista en el Título 2 y Anexo N° 2 del RGT, sobre la "Metodología para la Formulación del PMO" y "Contenido General del PMO"; caso contrario, la GRT podrá solicitar a la EPS la información que considere necesaria; Que, de conformidad con el artículo 36 del RGT, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos antes señalados, la GRT dispondrá el inicio del procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de la EPS; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 055-2011-SUNASS-CD4 se aprobó la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EPS EMAPAT S.A.5 para el quinquenio regulatorio 2011-2016, el cual a la fecha ha concluido; Que, a solicitud de EPS EMAPAT S.A.6, el 14 y 15 de abril de 2016, GRT brindó asistencia técnica para la revisión y actualización del PMO de la EPS, oportunidad en la cual, se le solicitó información operacional, económica - financiera y comercial de la empresa; Que, con oficios Nos. 152-2016-GG-EPS EMAPAT S.A.7, 196-2016-GG-EPS EMAPAT S.A.8, 231-2016-GGEPS EMAPT S.A9, EPS EMAPAT S.A. remitió parte de la información solicitada; Que, con oficios Nos. 030-2017-SUNASS-11010 y 041-2017-SUNASS-11011, GRT le solicitó a EPS EMAPAT S.A completar la información faltante y que remita información actualizada a diciembre de 2016 sobre aspectos operacionales, comerciales, administrativos y económico-financieros de la empresa, respectivamente; Que, con oficios Nos. 147-2017-GG-EPS EMAPAT S.A.12 y 183-2017-GG-EPS EMAPAT S.A.13, y en el marco del proceso de asistencia técnica realizado del 24 al 29 de abril de 2017, EPS EMAPAT S.A. ha proporcionado la información señalada en el considerando anterior; Que, no obstante los hechos antes señalados, dado que hasta la fecha EPS EMAPAT S.A. no ha presentado su PMO debidamente revisado y actualizado, GRT ha procedido a revisar la información obtenida durante el proceso de asistencia técnica, considerando que dicha información es suficiente para dar inicio al procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; Que, por tanto, al haberse verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos, corresponde iniciar el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EPS EMAPAT S.A.; De conformidad con el artículo 36 del Reglamento General de Tarifas;
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Que, la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento1 establece en su artículo 74.1, que las tarifas aprobadas por la Sunass tienen una vigencia de cinco años; Que, tal como lo dispone el artículo 102 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley N° 263382, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) deben presentar a la Sunass su Plan Maestro Optimizado (PMO) revisado y actualizado, a más tardar nueves meses antes de concluir cada período quinquenal; Que, de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento General de Tarifas3 (RGT), la Gerencia de Regulación Tarifaria (GRT) podrá dar inicio al procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, cuando habiendo transcurrido el plazo previsto en el considerando anterior, la EPS no ha cumplido con presentar su PMO;

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Aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1280, publicado el 29 de diciembre de 2016 en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano. Aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA. Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASSCD y sus modificatorias. Publicada el 2 de diciembre de 2011 en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano. Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Tambopata Sociedad Anónima. Oficio N° 090-2016-GG EPS EMAPAT S.A. recibido por la Sunass el 29 de marzo de 2016. Recibida por la Sunass el 16 de mayo de 2016. Recibida por Sunass el 13 de junio de 2016. Recibida por Sunass el 22 de julio de 2016. Notificado a la EPS el 20 de marzo de 2017. Notificado a la EPS el 17 de abril de 2017. Recibido por la Sunass el 27 de abril de 2017. Recibido por la Sunass el 11 de mayo de 2017.

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