Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2017 (26/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de mayo de 2017 /

El Peruano

Aprueban la incorporación al Proceso de Promoción de la Inversión Privada de los Proyectos "Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Tacna" e "Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Moquegua"
ACUERDO CD PROINVERSIÓN N° 5-2-2017-CPC "Visto el Memorando N° 132-2017/DPI 19 de mayo de 2017, se acuerda: 1. Aprobar la conformidad de los Informes de Evaluación de los Proyectos "Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Tacna" e "Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Moquegua". 2. Con la conformidad anterior, aprobar la incorporación al Proceso de Promoción de la Inversión Privada de los Proyectos "Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Tacna" e "Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Moquegua". 3. Asignar al Comité Pro Conectividad, la conducción del proceso de promoción correspondiente. 4. Establecer que la modalidad de la promoción de la inversión privada de los Proyectos "Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Tacna" e "Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Moquegua" será la citada en el literal a) del numeral 31.1 del artículo 31° del Decreto Legislativo Nº 1224. 5. Publicar el presente acuerdo en el diario oficial El Peruano. Comunicar el presente Acuerdo al Comité Pro Conectividad, al Director de Promoción de Inversiones y al Jefe del Proyecto, exonerándolo del trámite de lectura y aprobación de Acta." GUSTAVO VILLEGAS DEL SOLAR Secretario de Actas Lima, 24 de mayo de 2017 1524925-2

ORGANISMOS REGULADORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Inician procedimientos de aprobación de fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y otros aspectos aplicables al segundo quinquenio regulatorio de E.P.S. Municipal Mantaro S.A., EPS EMAPAT S.A. y E.P.S. Marañón S.R.L.
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 005-2017-SUNASS-GRT EXP.: 001-2017-SUNASS-GRT-FT

74.1, que las tarifas aprobadas por la Sunass tienen una vigencia de cinco años; Que, tal como lo dispone el artículo 102 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley N° 263382, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) deben presentar a la Sunass su Plan Maestro Optimizado (PMO) revisado y actualizado, a más tardar nueves meses antes de concluir cada período quinquenal; Que, de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento General de Tarifas3 (RGT), la Gerencia de Regulación Tarifaria (GRT) podrá dar inicio al procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, cuando habiendo transcurrido el plazo previsto en el considerando anterior, la EPS no ha cumplido con presentar su PMO; Que, asimismo, el artículo 35 del RGT establece como requisito adicional para el inicio del procedimiento de oficio, que la Sunass cuente, de manera suficiente, con la información prevista en el Título 2 y Anexo N° 2 del RGT, sobre la "Metodología para la Formulación del PMO" y "Contenido General del PMO"; caso contrario, la GRT podrá solicitar a la EPS la información que considere necesaria; Que, de conformidad con el artículo 36 del RGT, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos antes señalados, la GRT dispondrá el inicio del procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de la EPS; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 033-2012-SUNASS-CD4, se aprobó la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A.5 para el quinquenio regulatorio 2012-2017, el cual está por concluir, por lo que corresponde a la EPS presentar su PMO revisado y actualizado; Que, mediante Oficio N° 124-2016-EPSMMSA/GG6, E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A. solicitó asistencia para la revisión y actualización de su PMO; Que, del 17 al 19 de agosto de 2016, GRT brindó asistencia técnica a E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A., oportunidad en la cual se le solicitó información relativa a los aspectos operacionales, comerciales y financieros de la empresa; Que, con oficios Nos. 173-2016-EPSMMSA/GG7 y 179-2016-EPSMMSA/GG8, E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A. remitió la información solicitada; Que, posteriormente, del 24 al 28 de octubre de 2016, se realizó una visita a la E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A., ocasión en la cual se le informó sobre las observaciones formuladas a la información presentada y se le solicitó información adicional; Que, con oficios Nos. 199-2016-EPSMM/GG9 y 202-2016-EPSMM/GG10, E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A. subsanó en parte las observaciones planteadas y remitió la información adicional solicitada; Que, mediante Oficio N° 009-2017-EPSMMSA/ GG11, E.P.S. MUNICIPAL MANTARO S.A. propuso la incorporación de nuevos servicios colaterales, lo cual requiere ser evaluado en el marco del procedimiento de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales;

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Lima, 22 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento1 establece en su artículo

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Aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1280, publicado el 29 de diciembre de 2016 en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano. Aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA. Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASSCD y sus modificatorias. Publicada el 28 de julio de 2012 en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano. Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro Sociedad Anónima. Recibido por la Sunass el 1 de junio de 2016. Recibido en Sunass el 12 de setiembre de 2016. Recibido en Sunass el 28 de setiembre de 2016. Recibido por la Sunass el 16 de noviembre de 2016. Recibido por la Sunass el 28 de noviembre de 2016. Recibido por la Sunass el 19 de enero de 2017.

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