Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2017 (31/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Miércoles 31 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, la Primera Disposición Final y Transitoria de la indicada Ordenanza señala que su plazo de vigencia es hasta el 31 de mayo del 2017; asimismo, según la Sexta Disposición Final y Transitoria, el Alcalde está facultado para dictar medidas complementarias para su aplicación o para prorrogar el plazo de vigencia de la misma; Que, con los Informes Nº 46-2017-GAT/MVMT y Nº 048-2017-GAT-GM/MVMT la Gerencia de Administración Tributaria sustenta la necesidad de prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza hasta el 30 de junio del 2017, considerando que su prórroga permitirá que un mayor número de contribuyentes puedan acceder al beneficio otorgado, y a su vez, por ser una medida de previsión de ingresos corrientes que permita asumir los compromisos de gastos por parte de la Municipalidad; Que, a través del Informe Nº 162-2017-GAJ-MVMT la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta pertinente emitir el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 231-2017-MVMT, desde el 01 hasta el 30 de Junio del 2017, por encontrarse acorde con el ordenamiento jurídico vigente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6) del Artículo 20º, y el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la prórroga de vigencia de la Ordenanza Nº 231-2017-MVMT, que establece beneficios de regularización tributaria en la jurisdicción de Villa María del Triunfo, desde el 01 hasta el 30 de junio del año 2017, de conformidad con las consideraciones expuestas en el presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Sub Gerencia de Tecnología de Información y Procesos el cumplimiento del presente Decreto de acuerdo a sus funciones; a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Comunicación e Imagen Institucional su difusión en el Portal Institucional (www. munivmt.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL IGNACIO CHILINGANO VILLANUEVA Alcalde 1526850-1

Provincia de Huaura, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 009-2015/MPH; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, asimismo, el inc. 8) del artículo 9º de la norma en comento, indica que una de las atribuciones del Concejo Municipal es aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2015/MPH de fecha 13.03.2015 y publicada en El Diario Oficial El Peruano en fecha 11.04.2015, se aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Provincia de Huaura, el mismo que cuenta con treinta (30) artículos y Cinco Disposiciones Complementarias y Finales. Bajo este contexto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 155-2017-GPP/ MPH de fecha 07.04.2017, manifiesta que con fecha 06.04.2017 se llevó a cabo la primera sesión del Consejo de Coordinación Local Provincial ­ CCLP, acordando por unanimidad: 1) La modificación de los incisos c) y d) del artículo 16 del Reglamento antes mencionado, debido a que el contenido de los mismos fueron en virtud al Sistema Nacional de Inversión Pública ­ SNIP, aprobada por Ley Nº 27293, la misma que fue derogada por el Decreto Legislativo Nº 1252, publicado en el Diario Oficial El Peruano en fecha 01.12.2016; y, 2) La presentación del Cronograma de actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2018; por lo que, solicita la modificación de la O.M. 0092015/MPH, que aprueba el Reglamento el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Provincia de Huaura, en el extremo de los incisos c) y d) de su Art. 16º. Al respecto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal Nº 259-2017-GAJ-MPH de fecha 17.04.2017, indica que habiéndose promulgado el Decreto Legislativo Nº 1252, el cual establece el nuevo Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe), que incorpora a los actores regionales para garantizar la eficiencia y eficacia del proceso de descentralización con el fin de agilizar e incrementar la calidad de la inversión pública, asimismo, reestructura los procesos del SNIP vinculando la cartera de proyectos al desarrollo territorial o sectorial y priorizando el cierre de brechas de infraestructura, también mejora y simplifica la formulación y evaluación de proyectos, modificando las metodologías y parámetros asociados al nivel de servicios; por lo que, considera factible la modificación de la O.M. 009-2015/MPH, recomendado elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal, para su deliberación y posterior aprobación, opinión avalada por la Gerencia Municipal, mediante Informe Nº 46-2017GM/MPH de fecha 18.04.2017. Asimismo, la Comisión de Participación Vecinal y Seguridad Ciudadana del Concejo Municipal, mediante Dictamen Nº 02-2017/COPVSC-MPH emite opinión favorable, respecto a la modificación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Provincia de Huaura. Estando a lo expuesto y, conforme a las facultades conferidas en el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime; aprobó la siguiente;

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Modifican Reglamento del Proceso de Programación, Participación y concertación para la formulación y aprobación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la provincia de Huaura
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2017/MPH Huacho, 27 de abril de 2017 POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 08 de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento del Proceso de Programación, Participación y Concertación para la formulación y aprobación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la

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