Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2017 (31/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Miércoles 31 de mayo de 2017 /

El Peruano

Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer, para participar en el encuentro XXIII Encuentro anual de Presidentes y Magistrados de Tribunales, Cortes y Salas Constitucionales de América Latina, a realizarse en Brasilia, Brasil, del 1 al 3 de junio de 2017; Que, en la carta de invitación se precisa que los coorganizadores asumirán los gastos de alimentación, hospedaje y transporte local durante los días de realización de la actividad; Que el Secretario General ha informado que en sesión de Pleno realizada el 23 de mayo de 2017, se ha acordado conceder licencia con goce de haberes al magistrado Eloy Andrés Espinosa-Saldaña Barrera, del 31 de mayo al 3 de junio de 2017, para que asista a la actividad en referencia; Que, la presencia del magistrado en la actividad en mención, resulta de suma importancia para nuestra entidad, pues permitirá enriquecer su labor jurisdiccional, redundando en beneficio de nuestra institución; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, aprobado por la Resolución Administrativa 095-2004P/TC, el Reglamento Interno de Trabajo, la Ley 27619, el Decreto Supremo 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo 056-2013-PCM, la Décimo Tercera Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, aprobado por el Decreto Supremo 304-2012-EF, y la Directiva 001-2013-DIGA/TC, aprobada por Resolución de Dirección General 24-2013-DIGA/TC. SE RESUELVE Artículo Primero.- CONCEDER licencia con goce de haberes al magistrado Eloy Andrés Espinosa-Saldaña Barrera, del 31 de mayo al 3 de junio de 2017. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje del magistrado Eloy Andrés Espinosa-Saldaña Barrera, a la Ciudad de Brasilia, Brasil, para que asista a la actividad a que se refiere la presente resolución. Artículo Tercero.- El cumplimiento de lo dispuesto en los referidos acuerdos de Pleno, irroga egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle:
VIÁTICOS AMÉRICA DEL SUR US$ 370

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 368-2017-MDA mediante la cual se otorgó incentivos tributarios y no tributarios en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2017-MDA Ancón, 26 de mayo de 2017 VISTO: El Informe Nº 0406-2017/GATyR-MDA de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Nº 270-2017/GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 643-2017-GM/MDA de la Gerencia Municipal, sobre prórroga de vigencia de la Ordenanza Nº 368-2017-MDA; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que la ley le señala; Que, mediante Ordenanza Nº 368-2017-MDA, publicada en el diario oficial El Peruano el 03 de mayo de 2017, otorga incentivos tributarios y no tributarios al contado de deudas vencidas hasta el ejercicio 2016, multas tributarias y descuento parcial sobre el monto insoluto de los arbitrios municipales, disponiendo su vigencia hasta el 31 de mayo de 2017; Que, con Informe Nº 0406-2017GATyR-MDA, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas señala que siendo política de ésta Corporación Municipal otorgar amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación al contado de sus deudas pendientes por concepto de tributos municipales, y sanciones administrativas, e incentivarlos a que cumplan con sus obligaciones tributarias, propone la prórroga de la Ordenanza Nº 368-2017-MDA hasta el 15 de junio de 2017, de conformidad a la Segunda Disposición Final de la mencionada norma municipal; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 368-2017-MDA, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la misma; Que, en ese sentido resulta necesario acoger la propuesta de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 368-2017-MDA, que otorga incentivos tributarios y no tributarios al contado de deudas vencidas hasta el ejercicio 2016, multas tributarias y descuento parcial sobre el monto insoluto de los arbitrios municipales; Estando al informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º numeral 6), 42º y 44º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 368-2017-MDA, hasta el 15 de junio de 2017. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás áreas

COMISIONADO

FECHA DE VIAJE

PASAJE AÉREO

ELOY ANDRÉS DEL 31 de MAYO al ESPINOSA-SALDAÑA S/. 3 612.00 3 DE JUNIO 2017 BARRERA

Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en la actividad antes mencionadas. Artículo Quinto.- Comunicar la presente Resolución al magistrado Eloy Andrés EspinosaSaldaña Barrera, a la Secretaría General, la Dirección General de Administración, a las Oficina de Gestión y Desarrollo Humano y Tecnologías de la Información, y al Órgano de Control Institucional, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MIRANDA CANALES Presidente 1526597-1

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