Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2017 (28/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 28 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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las ciudades de Washington D.C. (Estados Unidos de América) y Santa Cruz de Tenerife, Islas Canarias (Reino de España), del 30 de octubre al 05 de noviembre de 2017, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en el "Diálogo Regional de Políticas de Integración y Comercio", y en la XXI Conferencia de Zonas Francas de las Américas, a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ Viáticos (US$ 540,00 x 03 días) : US$ 4 690,80 1 620,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Vásquez Vela presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, al señor Rogers Martín Valencia Espinoza, Viceministro de Turismo, del 30 de octubre al 01 de noviembre de 2017, y a la Licenciada Irene Suárez Quiroz, Secretaria General del MINCETUR, a partir del 02 de noviembre de 2017, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1580599-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficiales de la Fuerza Aérea del Perú a República de Corea, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1540-2017 DE/FAPLima, 26 de octubre de 2017 Visto, el Acta de la Segunda Reunión Bilateral entre la ROKAF y la FAP de fecha 22 de marzo de 2016, el FAX N° 0041-AGKOR de fecha 21 de setiembre de 2017 del Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Corea y el Oficio NC-55-COA5-N° 2431 de fecha 27 de setiembre de 2017 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, El Ministerio de Defensa a través de la Fuerza Aérea del Perú (FAP), es la responsable de liderar el Sistema de Búsqueda y Salvamento Aeronáutico (SAR), según está contenido en la Ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil, en ese sentido la FAP ha otorgado plena responsabilidad a su Comando de Operaciones, para convertirse en el órgano rector del indicado sistema; Que, la Fuerza Aérea del Perú es responsable a nivel Comando Conjunto de las FFAA (CCFFAA), de las Operaciones de Búsqueda y Rescate en Combate (CSAR), debiendo mantener calificadas y entrenadas a sus Fuerzas Especiales para ejecutar operaciones de recuperación de personal, en escenarios de alto riesgo y con presencia de elementos hostiles, como el que representa los Valles de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM);

Que, mediante la Actividad 16-7 del Acta de la Segunda Reunión Bilateral entre la ROKAF y la FAP de fecha 22 de marzo de 2016 y al FAX N° 0041-AGKOR de fecha 21 de setiembre de 2017 del Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Corea, se acordó realizar el Intercambio de Experiencia en Operaciones SAR y C-SAR en la 6° Base de Búsqueda y Rescate de la Fuerza Aérea de Corea, ubicada en la ciudad de Cheongju, Provincia de Chungcheongbuk-Do República de Corea del 13 al 17 de noviembre de 2017; Que, mediante el Oficio NC-55-COA5-N° 2431 de fecha 27 de setiembre de 2017 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva para que participe en el Intercambio de Experiencia en Operaciones SAR y C-SAR, que se realizará en la 6° Base de Búsqueda y Rescate de la Fuerza Aérea de Corea, ubicada en la ciudad de Cheongju, Provincia de Chungcheongbuk-Do República de Corea del 13 al 17 de noviembre de 2017; Que, según lo indicado en el Anexo B del Oficio antes citado, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, por cuanto, permitirá adquirir conocimientos sobre la doctrina, técnicas, entrenamiento, operaciones y lecciones aprendidas de realidades de la Surcoreana, nación que tiene una mayor exposición al riesgo inminente de desastres; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación; así como, su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0144 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 10 de octubre de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos por Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento, pasajes aéreos internacionales y viáticos por Misión de Estudios en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el Intercambio de Experiencia en Operaciones SAR y C-SAR, que se realizará en la 6° Base de Búsqueda y Rescate de la Fuerza Aérea de Corea, ubicada en la ciudad de Cheongju, Provincia de Chungcheongbuk-Do República de Corea del 13 al 17 de noviembre de 2017; así como, su salida del país el 11 de noviembre de 2017 y retorno el 19 de noviembre de 2017:

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