Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2017 (28/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 28 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo N° 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo N°056-2013-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 2622014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado del personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, concordado con la Resolución Ministerial N° 1500-2016-DE/SG, que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial N° 10172015-DE/SG, referente al reajuste del Monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el año Fiscal 2017. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, a la Capitán EP Sandra Shirley RUIZ MORALES, identificada con CIP N° 400723900, DNI N° 40808936, para participar en la Estancia Formativa en Oncología Clínica a realizarse en el Instituto Moffitt Cáncer Center, de la Ciudad de Tampa, Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 01 de diciembre de 2017 al 28 de febrero de 2018, así como autorizar su salida del país el 30 de noviembre de 2017 y su retorno al país el 01 de marzo de 2018. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos ­ Ida y Vuelta - Lima ­ Tampa (Estados Unidos de América) ­ Lima (Clase económica): US$ 1,860.00 x 01 persona (Incluye T.U.U.A.) US$ 1,860.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 4,812.54 x 01 mes x 01 persona (del 01 al 31 dic 2017) US$ 4,812.54 Total a pagar en Dólares Americanos US$ 6,672.54 Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicio en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente.

Articulo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducido, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa del Ejército del Perú del año fiscal correspondiente. Artículo 6.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Articulo 7.- La Oficial Subalterna designada debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- La Oficial Subalterna designada está impedida de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- La Oficial Subalterna designada revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la Misión de Estudios. Artículo 10.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1581162-1

Autorizan ampliación de permanencia de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú en EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1542-2017-DE/FAPLima, 26 de octubre de 2017 Visto, la Resolución Ministerial N° 1143-2017 DE/FAP de fecha 18 de agosto de 2017 y el Oficio NC-55-COA3-N° 2533 de fecha 09 de octubre de 2017 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 1143-2017 DE/FAP de fecha 18 de agosto de 2017, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que integró la tripulación que trasladó la aeronave Lear Jet 45XR FAP matrícula 526 y el equipo de mantenimiento, para que realicen el Servicio de Inspección de Fase A,B,C, la Inspección y Prueba de vencimiento de componentes HARD TIME y los diferentes Servicios Bulletins de la citada aeronave, en las instalaciones del Centro de Servicios de la compañía Bombardier, ubicado en la ciudad de Wichita, Estado de Kansas­ Estados Unidos de América, en las fechas que se indican a continuación: Del 23 de agosto al 11 de octubre de 2017 Salida el 21 de agosto de 2017 y retorno el 13 de octubre de 2017 Equipo de Mantenimiento Mayor FAP CESAR JAVIER CALDERON MARTINEZ NSA: O-9701399 DNI: 43325326

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