Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2017 (28/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Coronel FAP NSA: O-9542786 Coronel FAP NSA: O-9586490 Comandante FAP NSA: O-9655196

NORMAS LEGALES
JOSE ANTONIO GUTIERREZ VERA DNI: 07236893 JORGE CARRILLO VEGA DNI: 43930718 JACOBO CAVERO TORRES DNI: 23998518

Sábado 28 de octubre de 2017 /

El Peruano

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ Cheongju (República de Corea) Lima: US $ 3,128.75 X 03 personas (Incluye TUUA) = US $ 9,386.25 Viáticos US $ 500.00 X 05 días x 03 personas = US $ 7,500.00 ----------------------Total a pagar = US $ 16,886.25

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1581190-1

Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a EE.UU., en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1541-2017-DE/EP Jesús María, 26 de octubre de 2017 VISTA: La Hoja Informativa N° 317/DRIE/DPTO RESOL del 13 de octubre de 2017, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 2923-2017/OAJE/L-1. del 13 de octubre de 2017, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de Invitación del 20 de setiembre de 2017 el Coordinador del Instituto de Investigación Moffitt Cáncer Center, hace extensiva la invitación a la Capitán EP Sandra Shirley RUIZ MORALES, como participante en el Programa de Visitantes Académicos y Estudiantes en el H. Lee Moffitt Centro de Cáncer e Instituto de Investigación del Instituto Moffitt Cáncer Center, desde el 01 de diciembre de 2017 al 28 de febrero de 2018, en la Ciudad de Tampa, Estado de Florida, Estados Unidos de América; Que, mediante Hoja de Recomendación N° 141/ DIEDOCE/C-5.b del 07 de setiembre de 2017, el Comandante General del Ejército, propuso la designación

de la Capitán EP Sandra Shirley RUIZ MORALES, para participar en la Estancia Formativa en Oncología Clínica a realizarse en el Instituto Moffitt Cáncer Center, de la Ciudad de Tampa, Estado de Florida, Estados Unidos de América, 01 de diciembre de 2017 al 28 de febrero de 2018; Que, conforme a lo señalado en el Dictamen N° 29232017/OAJE/L-1., del 13 de octubre de 2017, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la Capitán EP Sandra Shirley RUIZ MORALES, para participar en la Estancia Formativa en Oncología Clínica a realizarse en el Instituto Moffitt Cáncer Center, lo que permitirá adquirir e incrementar sus conocimientos técnicos y prácticos en Oncología Clínica; asimismo, permitirá disponer de personal altamente capacitado en los aspectos inherentes a su formación profesional, así como dar cumplimiento a lo establecido en la Política de Comando, dentro de los Objetivos del Plan Estratégico Institucional 2002-2021 (Objetivo 3), el cual establece que "El Ejército debe disponer de personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados"; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Que, asimismo, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación de la Oficial Subalterno durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe del Sub Director de Desarrollo Profesional en el Extranjero de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército del 29 de setiembre de 2017, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta y Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje del personal militar en el mencionado evento no serán asumidos por ningún organismo internacional, por lo que se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 01 al 31 de diciembre de 2017, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, para completar el periodo de duración de la Misión de Estudios a partir del 01 de enero de 2018 al 28 de febrero de 2018, será con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo

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