Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2017 (22/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el Intercambio de Experiencias en el Ámbito de la Medicina Aeronáutica, entrenamiento fisiológico de personal de vuelo, que se realizará en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), cerca de la Base Aérea de Torrejón de Ardoz, ubicada en la Comunidad de Madrid ­ Reino de España del 25 al 29 de setiembre de 2017; así como, su salida del país el 23 de setiembre de 2017 y retorno el 01 de octubre de 2017: Comandante FAP NSA: O-9661797 Mayor FAP NSA: O-9801311 Mayor FAP NSA: O-9769208 GIAN CARLO PASTORELLI ARNAO DNI: 08758120 MILTON BARRERA FIDHEL DNI: 40791756 FELIX DANIEL LAU CHU FON DNI: 40875376

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos: Lima­Comunidad de Madrid (Reino de España) ­ Lima US $ 2,448.58 X 03 personas (Incluye TUUA) = US $ 7,345.74 Viáticos US $ 540.00 x 05 días X 03 personas Total a Pagar = US $ 8,100.00 -----------------------= US $ 15,445.74

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1568199-1

Autorizan viaje de personal naval a Uruguay y Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1323-2017 DE/MGP Lima, 20 de setiembre de 2017 Vista, la Carta G.500-4591 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 15 de setiembre de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Cartas SMS-CICTE-363/17, de fecha 16 de agosto de 2017, la Secretaria Ejecutiva del Comité

Interamericano Contra el Terrorismo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ha informado que la Técnico 3º Pda. Miriam Verónika GARCÍA Olivera, la Técnico 3º Pda. Kira BRAVO Tarazona, la Técnico 3º Pda. Haidy Geraldine PIZARRO Torres y la Oficial de Mar 1º Pda. Rosa María PALOMINO Benites, han sido seleccionadas para que participen en el Foro de Ciberseguridad de las Américas y en el Simposio de Ciberseguridad de la referida Organización Internacional, a realizarse en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 26 al 29 de setiembre de 2017; Que, con Oficio N.1000-5015 de fecha 8 de setiembre de 2017, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de autorización de viaje en Misión de Estudios del Personal Naval mencionado en el considerando precedente, para que participen en las referidas actividades, lo que permitirá capacitar en las últimas técnicas para la lucha contra las amenazas, la gestión de incidentes y buenas prácticas en la promoción de políticas y estrategias de ciberseguridad; así como, evaluar el impacto del avance de la ciberseguridad en América Latina y el Caribe, que son de gran importancia para el desarrollo de nuestro país; Que, conforme a lo indicado en el párrafo 2 de las cartas mencionadas en el primer considerando, el gasto por concepto de hospedaje y alimentación, serán proporcionados por la Organización de los Estados Americanos (OEA); por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013DE/SG, la cual aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, de acuerdo con el documento Nº 180-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después de los eventos, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Naval que se indica a continuación, para que participen en el Foro de Ciberseguridad de las Américas y en el Simposio de Ciberseguridad de la Organización de los Estados Americanos (OEA), a realizarse en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 26 al 29 de setiembre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 25 y su retorno el 30 de setiembre de 2017:

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