Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2017 (23/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Sábado 23 de setiembre de 2017 /

El Peruano

que participe en la Reunión en el CENSIPAM-BRASIL, que se realizará en la ciudad de Brasilia ­ República Federativa de Brasil del 25 al 29 de setiembre de 2017; Que, de acuerdo a lo descrito en la Exposición de motivos del citado Oficio, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Mayor General FAP JOSE NICOLAS ROJAS BRICEÑO, para que participe en la Reunión en el CENSIPAM-BRASIL, que se realizará en la ciudad de Brasilia ­ República Federativa de Brasil del 25 al 29 de setiembre de 2017; por cuanto, permitirá recibir conocimientos y experiencias del personal que actualmente se desempeña en esa institución brasileña para materializar la integración de los Sistemas de Vigilancia y Protección de la Amazonia de ambos países; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación; así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HGN° 0129 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 15 de setiembre de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; lo cual incluye para el presente evento pasajes aéreos internacionales y viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Mayor General FAP JOSE NICOLAS ROJAS BRICEÑO, identificado con NSA: O-9422280 y DNI: 43359144 para que participe en la Reunión en el CENSIPAM-BRASIL, que se realizará en la ciudad de Brasilia ­ República Federativa de Brasil del 25 al 29 de setiembre de 2017; así como, su salida del país el 24 de setiembre de 2017 y retorno el 30 de setiembre de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima - Brasilia (República Federativa de Brasil) - Lima US $ 1,744.19 X 01 persona (Incluye TUUA) = US $ 1,744.19 Viáticos US $ 370.00 x 05 días X 01 persona Total a Pagar = US $ 1,850.00 ---------------------= US $ 3,594.19

Artículo 4.- El personal comisionado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1568973-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Directora Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 204-2017-MIDIS Lima, 22 de setiembre de 2017 VISTOS: El Memorando N° 727-2017-MIDIS/VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; y el Informe N° 115-2017-MIDIS/SG/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS, comprende entre los Programas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, al Programa Nacional Cuna Más; Que, mediante Resolución Ministerial N° 310-2016-MIDIS, se designó a la señora Beatriz Daniela Salazar Fuentes de Mitchell, en el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más; Que, la citada persona ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia, y designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Beatriz Daniela Salazar Fuentes de Mitchell como Directora Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Patricia Jacquelyn Balbuena Palacios como Directora Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más. Regístrese, comuníquese y publíquese. FIORELLA MOLINELLI ARISTONDO Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1568745-1

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

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