Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2017 (23/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Sábado 23 de setiembre de 2017 /

El Peruano

PRODUCE
Disponen publicar proyecto de Reglamento de la Ley N° 30636, que crea el Seguro Obligatorio de Pescadores Artesanales, del Decreto Supremo que lo aprueba y de su Exposición de Motivos en el portal institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 435-2017-PRODUCE Lima, 21 de setiembre de 2017 VISTOS: El Informe N° 380-2017-PRODUCE/DGPADIPFORPA, de la Dirección General de Pesca Artesanal; el Informe N° 009-2017-PRODUCE/OGEIEE de la Oficina General de Evaluación e Impacto Económico; el Informe N° 010-2017-PRODUCE/DGPARPA-malayza de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Informe N° 1308-2017-PRODUCE/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece las competencias en materia de pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; siendo exclusivas la materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados; Que, mediante Ley N° 30636, se crea el Seguro Obligatorio del Pescador Artesanal (SOPA), que actúa bajo la modalidad de un seguro contra accidentes personales ocurridos durante la faena de pesca, que pueda ocasionar la muerte y/o lesiones corporales sobre pescadores artesanales independientes, tripulantes y terceros no tripulantes, tal y cual se encuentra establecido en la referida Ley; Que, corresponde al Ministerio de la Producción elaborar el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley que crea el Seguro Obligatorio del Pescador Artesanal, en adelante proyecto de Reglamento, que desarrolla entre otros aspectos, las obligaciones derivadas de la contratación del seguro, la documentación necesaria para el acceso a las coberturas, el monto mínimo de las coberturas, incumplimiento de contar con el seguro y procedimiento en caso de fraude; Que, el artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modificatoria, establece que la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura es el órgano de línea, con autoridad técnico normativa a nivel nacional, en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, responsable de formular y proponer políticas nacionales y sectoriales, planes nacionales, normas, lineamientos y estrategias para el desarrollo sostenible de las actividades de pesca y acuicultura; Que, la citada Dirección General ha propuesto el proyecto de Reglamento Ley N° 30636, que el Seguro Obligatorio del Pescador Artesanal (SOPA) y el Decreto Supremo que lo aprueba, en observancia de las disposiciones contenidas en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, atendiendo a lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de Reglamento Ley N° 30636, que el Seguro Obligatorio del Pescador Artesanal (SOPA) y el Decreto Supremo que lo aprueba en el Portal Institucional de este Ministerio, en el que se mantendrá por un plazo de treinta (30) días, a

fin que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general remitan sus opiniones, comentarios y/o sugerencias por vía electrónica a través del Portal Institucional o en la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Viceministerio de Pesca y Acuicultura; Con el visado del Viceministro de Pesca y Acuicultura, del Director General de la Dirección General de Pesca Artesanal, del Director General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, del Director General de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modificatoria; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del Proyecto Dispóngase la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 30636, que crea el Seguro Obligatorio de Pescadores Artesanales, del Decreto Supremo que lo aprueba y de su Exposición de Motivos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por un plazo de treinta (30) días hábiles, contado desde la publicación de la presente norma. Artículo 2.- Mecanismo de Participación Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede del Ministerio de la Producción con atención a la Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, ubicada en Calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Córpac, San Isidro, o a la dirección electrónica rrodriguez@produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1568795-1

Autorizan viaje de profesional del ITP a España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 436-2017-PRODUCE Lima, 21 de setiembre de 2017 VISTOS: El documento de fecha 06 de setiembre de 2017 del Instituto de Ciencia y Tecnología de Alimentos y Nutrición - ICTAN, el Informe N° 091-2017-ITP/DIDITT, el Informe N° 195-2017-ITP/OPPM-05, el Informe N° 1344-2017-PRODUCE/OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 06 de setiembre de 2017, Carmen Gómez Guillén, Investigador Científico del Instituto de Ciencia y Tecnología de Alimentos y Nutrición - ICTAN, cursa invitación a la señora Silvia Elvira Pandia Estrada, profesional del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, para que realice una estancia temporal sobre "Capacitación en técnicas de análisis de polímeros biodegradables" en el laboratorio del Departamento de Productos del Instituto de Ciencia y Tecnología de Alimentos y Nutrición, ubicado en la ciudad de Madrid,

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