Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2017 (23/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Sábado 23 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Nacional del Perú, que el Gobierno de la República Popular China extiende invitación formal a la República del Perú, a fin que una delegación de dicho país participe en la 86a Reunión de la Asamblea General de INTERPOL, a realizarse del 26 al 29 de setiembre de 2017, en la ciudad de Beijing ­ República Popular China; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 342-2017-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 19 de setiembre de 2017, complementado mediante Oficio N° 325-2017-DIRASINT-PNP/DIVBEC-O.R., de fecha 20 de setiembre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Martín Severo Parra Saldaña, propuesto por la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, para que participe en la reunión antes citada, a realizarse en la ciudad de Beijing ­ República Popular China, del 24 de setiembre al 1 de octubre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión tiene como objetivo generar una plataforma de cooperación policial respecto a lucha contra las amenazas terroristas, la ciberdelincuencia, la delincuencia organizada y las nuevas tendencias delictivas que exigen una respuesta mundial conjunta; asimismo, busca reforzar las capacidades de cada uno de los participantes para combatir todos los tipos de delitos internacionales preexistentes; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 5756-2017-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 18 de setiembre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano";

Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Martín Severo Parra Saldaña, del 24 de setiembre al 1 de octubre de 2017, a la ciudad de Beijing ­ República Popular China, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días US$ 3,624.00 X X 500.00 X 4 X Personas 1 1 = = Total US$ 3,624.00 2,000.00

Pasajes aéreos Viáticos

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1568842-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 902-2017-IN Lima, 22 de setiembre de 2017 VISTOS; el Oficio N° 363 JCCFFAA/OAI/UAI, de fecha 24 de julio de 2017, de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú, la Hoja de Estudio y Opinión N° 323-2017-DGPNP/DIRASINTDB, de fecha 8 de setiembre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001433-2017/IN/OGAJ, de fecha 20 de setiembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 363 JCCFFAA/OAI/UAI, de fecha 24 de julio de 2017, complementado con el Oficio N° 624 JCCFFAA/OAI/UAI, de fecha 16 de agosto de 2017, la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú hace de conocimiento de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, que el Comando Conjunto Nro. 3 "SURORIENTE" de la República de Colombia ha realizado una invitación al

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