Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2017 (23/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 23 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Comando Operacional de la Amazonía (COAM), para que una delegación peruana participe en la III Reunión de Mandos Regionales de Frontera (RMRF) Colombia ­ Perú, a realizarse del 25 al 28 de setiembre de 2017, en el Municipio de Villavicencio ­ República de Colombia, para lo cual solicita que se designe a un Oficial Superior de la Dirección de la IV Macro Región Policial Loreto; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 323-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 8 de setiembre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Lázaro Carrión Zúñiga, Director de la Cuarta Macro Región Policial Loreto de la Policía Nacional del Perú, para que participe en la reunión antes citada, a realizarse en el Municipio de Villavicencio ­ República de Colombia, del 24 al 29 de setiembre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión tiene como objetivo tratar y evaluar las amenazas a la Seguridad Fronteriza, entre ellas, el Narcotráfico, el Contrabando, la Trata de Personas y el Tráfico de Migrantes, el Tráfico de Armas, Municiones y Explosivos, la Tala Ilegal, la Movilización y Comercialización de Maderas de Procedencia Ilegal y la Minería Ilegal, ello conforme a lo establecido en la Matriz de Formulación, Seguimiento y Evaluación de Entendimiento, acordada en la II Reunión de Mandos Regionales de Frontera (RMRF) Colombia ­ Perú; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado comisionado en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 5535-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 7 de setiembre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía

Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Lázaro Carrión Zúñiga, Director de la Cuarta Macro Región Policial Loreto de la Policía Nacional del Perú, del 24 al 29 de setiembre de 2017, al Municipio de Villavicencio ­ República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas Total US$ US$ 481.00 X X 1 = 481.00 370.00 X 4 X 1 = 1,480.00

Pasajes aéreos Viáticos

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el comisionado a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1568842-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 903-2017-IN Lima, 22 de setiembre de 2017 VISTOS; el Oficio Reg. Salida 547B/17, de fecha 14 de agosto de 2017, de la Agregaduría de Interior de España en Perú, la Hoja de Estudio y Opinión N° 315-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 6 de setiembre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001432-2017/IN/OGAJ, de fecha 20 de setiembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Reg. Salida 547B/17, de fecha 14 de agosto de 2017, la Agregaduría de Interior de España en Perú hace extensivo una invitación a la Dirección de Asuntos Internacional de la Policía Nacional del Perú, a fin que dos (2) representantes de la Policía Nacional del Perú participen en el curso denominado "Tratamiento Policial de los Feminicidios y Fenómenos Emergentes en la Violencia sobre Mujeres, Niñas y Adolescentes a través

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