Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2017 (28/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Que, el Art. 53 de la Ley Nº 27972, estipula que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación; Que, los Art. 17º y 42º inciso g) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, señala que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuesto, en la Gestión Pública. Para este efecto, deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley; así como la conformación, control, evaluación y rendición de cuentas; siendo de competencia exclusiva y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal; Que, el Art. 17º de la Ley Nº 27783, señala que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuesto, y en la gestión pública. La participación de los ciudadanos se canaliza a través de los espacios de consulta, coordinación, concertación y vigilancia existentes, y los que los gobiernos locales establezcan de acuerdo a ley; Que, los Art. 98º, 99º y 100º de la Ley Nº 27972, determina la definición, composición, instalación, sesiones y funciones del Consejo de Coordinación Local Provincial que son órganos de coordinación y concertación de las Municipalidades Provinciales, integrados por el Alcalde Provincial que lo preside, pudiendo delegar su función en el Teniente Alcalde y los regidores provinciales, por los Alcaldes Distritales de la respectiva jurisdicción provincial y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, profesionales, universidades, juntas vecinales y cualquier forma de organización de nivel provincial. No ejercen funciones ni actos de gobierno; Que, la Ley, Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificado por la Ley Nº 29298, establece las disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativo del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y locales; Que, la Décima Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, dispone que las municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, a través de la Ordenanza Nº 011-2017-MPC de fecha 25 de mayo de 2017 se aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018, en el ámbito de la MPC; con el objetivo y finalidad de reforzar la relación de concertación entre el estado y la sociedad para mejorar la eficiencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos en concordancia con el Plan de Desarrollo Concertado, y asumiendo la sociedad civil organizada un rol activo en el desarrollo del ámbito jurisdiccional de la Municipalidad Provincial de Cañete con sus aportes y la vigilancia en la ejecución de los acuerdos y compromisos. Se aprueba el Cronograma, mediante Decreto de Alcaldía Nº 02-2017-MPC; Que, mediante Informe Nº 2096-2017-GPPI-MPC de fecha 19 de julio de 2017, el Sr. Manuel J.J. Gonzales Gómez - Gerente de Planeamiento y Presupuesto e Informática de la MPC, informa que se ha realizado el proceso del presupuesto participativo para el año fiscal 2018, remitiendo el trabajo detallado, solicitando que se apruebe en sesión de concejo para el reporte al Ministerio de Economía y Finanzas, adjuntando el Acta de acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo 2018 - Municipalidad Provincial de Cañete de fecha 28 de junio del 2017; Que, en concordancia con los Art. 30º y 31º del Reglamento que Regula el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2018 en el ámbito jurisdiccional de la MPC, (aprobado por Ordenanza Nº 011-2017-MPC), el Equipo Técnico debe sustentar

ante el Concejo Municipal los resultados del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para ser incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura del año siguiente. El Concejo Municipal aprueba el acuerdo de concejo de los proyectos priorizados del Presupuesto Participativo para ser incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fiscal correspondiente; Que, mediante Informe Legal Nº 309-2017-GAJ-MPC de fecha 20 de julio del 2017, el Abg. Horacio Hinostroza Delgado - Gerente de Asesoría Jurídica, opina: 1) Que, es factible aprobar la formalización de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo 2018, que acuerda priorizar los proyectos de la Municipalidad Provincial de Cañete, remitidos con el Informe Nº 2096-2017-GPPI-MPC de fecha 19 de julio del 2017, constituyéndose en anexo el acto administrativo que recaiga en los actuados; 2) Que, se remita a la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, para el Dictamen correspondiente consecutivamente se remita al Pleno de Concejo para su deliberación y determinación; 3; Encargar a la Secretaria General diligenciar el presente acuerdo a las instancias competentes para conocimiento y fines, así como efectuar su publicación de acuerdo a Ley; Que, mediante Dictamen Nº 14-2017-CODURMPC de fecha 11 de agosto del 2017, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, sugiere: 1) Aprobar el Presupuesto Participativo en base a Resultados 2018 de la Municipalidad Provincial de Cañete; Estando a lo expuesto, a las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 y de conformidad con los considerandos antes mencionados; con voto UNÁNIME del Pleno de Concejo y la dispensa del trámite de aprobación del acta; SE ACORDÓ: Artículo 1º.- APROBAR el INFORME FINAL DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE, AÑO FISCAL 2018, contiene la realización de los Proyectos Priorizados del ámbito distrital y provincial con una asignación presupuestal de S/. 12'000,000.00 (DOCE MILLONES DE SOLES) y que deberán ser incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año fiscal 2018, según cuadro Anexo I, que forma parte del presente Acuerdo. Artículo 2º.- ENCARGAR al Gerente Municipal su cumplimiento y comunicar a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Gerencia de Secretaria General la difusión y publicación presente Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Notificar el presente a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática y demás áreas de la corporación edil, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde ANEXO 1 PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2018
PROYECTO CONSTRUCCIÓN MEJORAMIENTO AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LOS CENTROS POBLADOS ZAIRE, LOS OLIVOS, ARENA ALTA ARENA BAJA Y OTROS CENTROS POBLADOS ELECTRIFICACIÓN DE HERBAY ALTO, HERBAY BAJO, ANEXOS Y OTROS CREACIÓN MEJORAMIENTO AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADOEN LOS CENTROS POBLADOS DEL SECTOR 2 DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MONTO REF. 1500,000

500,000 1000,000

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