Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2018 (19/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Jueves 19 de abril de 2018

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA

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OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RR.JJ. Nºs. 000061, 000062, 000063 y 0000652018-JN/ONPE.- Sancionan con multa a autoridades sometidas a revocación en el proceso de Consulta Popular de Revocatoria realizada el 11 de junio de 2017, por incumplimiento en la presentación de rendición de cuentas de ingresos y gastos de la CPR 2017 57 R.J. Nº 000064-2018-JN/ONPE.- Archivan procedimiento administrativo sancionador iniciado contra ciudadana sometida a revocación en el proceso de Consulta Popular de Revocatoria realizada el 11 de junio de 2017, por presunto incumplimiento en la presentación de la rendición de cuentas de ingresos y gastos de la CPR 2017 73 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 1335-2018.- Autorizan al Banco de la Nación la conversión de oficina especial a agencia ubicada en el departamento de Ayacucho 75

Ordenanza Nº 373-MDPH.- Establecen régimen de gradualidad de sanciones por infracciones tributarias 79 Ordenanza Nº 374-MDPH.- Dejan sin efecto extremo del artículo 1° de la Ordenanza N° 367-MDPH, que aprobó el CAP-P de la Municipalidad 80 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES D.A. Nº 008-2018-MDSMP.- Modifican el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad 80

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Ordenanza Nº 007-2018/MPH.- Aprueban beneficios de descuentos a deudas derivadas de infracciones en materia administrativa, de tránsito y transporte 81 D.A. Nº 003-2018/MPH.- Prorrogan fecha del Cuarto Sorteo de premios aprobado por Ordenanza N° 003-2017/ MPH 83 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA Acuerdo Nº 006-2018-MDCH.- Aprueban el Cierre Contable 2017, de los Estados Financieros y Presupuestal de la Municipalidad 83

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA RR. Nºs. 034, 035 y 039-2018-GRA/GGR.- Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado Peruano de terrenos eriazos de dominio privado ubicados en las provincias de Condesuyos y Caravelí 75 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Ordenanza Nº 017-2017-RMDD/CR.- Crean la Mesa Regional del Adulto Mayor de Madre de Dios 78

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en los distritos de Urarinas y Parinari de la provincia de Loreto, del departamento de Loreto, por peligro inminente de afectación a la salud de la población ante enfermedades de transmisión hídrica
DECRETO SUPREMO Nº 041-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 019-2018-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de febrero de 2018, se declaró el Estado de Emergencia en los distritos de Urarinas y Parinari de la provincia de Loreto, del departamento de Loreto, por el plazo de sesenta (60) días calendario, por peligro inminente de afectación a la salud de la población ante enfermedades de transmisión hídrica; para la ejecución de las acciones inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite; Que, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD),

aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en el numeral 8.3 del artículo 8 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre", aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014PCM; el Gobierno Regional presenta al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia adjuntando los informes técnicos que fundamenten su solicitud, así como las medidas de carácter presupuestal necesarias, para la emisión de una opinión respecto de su procedencia o improcedencia. En caso de procedencia, la norma dispone que el Estado de Emergencia no debe exceder de sesenta (60) días calendario; Que, mediante el Oficio Nº 213-2018-GRL-GR de fecha 11 de abril de 2018, el Gobernador Regional del Gobierno Regional del Loreto, solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) la prórroga del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 019-2018-PCM, en los distritos de Urarinas y Parinari de la provincia de Loreto, del departamento de Loreto, por peligro inminente de afectación a la salud de la población ante enfermedades de transmisión hídrica; Que, mediante el Oficio Nº 1349-2018-INDECI/5.0 de fecha 16 de abril de 2018, el Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), remite y hace suyo el Informe Técnico N° 00013-2018-INDECI/11.0 de fecha 12 de abril de 2018, del Director de Respuesta de la indicada entidad, quien opina por la procedencia de la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia, teniendo en consideración el sustento contenido en: (i) Informe Técnico N° 003-2018-GRL/ORDN de fecha 11 de abril de 2018; (ii) Informe N° 504 -2018/VIVIENDA/VMCS/ PNSR/DE de fecha 04 de abril de 2018; (iii) Informe N° 3162018/VIVIENDA/VMCS/PNSR-UTP de fecha 28 de marzo de 2018; (iv) Informe N° 031-2018/VMCS/PNSR/UTP/APE-PGH de fecha 27 de marzo de 2018, y (v) Oficio N° 139-2018-GRLGR de fecha 07 de marzo de 2018;

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