Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2018 (29/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Domingo 29 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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de Megantoni, que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Apruébese la convocatoria y el cronograma para el desarrollo del Presupuesto Participativo basado en resultados con carácter Multianual 2019-2021, contenidos en el Anexo 2 de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Disponer que mediante Resolución de Alcaldía se conforme el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo con carácter Multianual 20192021. Asimismo, facúltese al Alcalde para que a propuesta del Equipo Técnico, mediante Decreto de Alcaldía, pueda emitir las disposiciones reglamentarias complementarias de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente ordenanza y sus Anexos I y II en el Portal Institucional de la Municipalidad de Megantoni www. munimegantoni.gob.pe. Asimismo, dispóngase que la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, difunda la presente ordenanza en las comunidades nativas y centros poblados. Artículo Quinto.- Encárguese al Consejo de Coordinación Local Distrital, al Equipo Técnico, Comité de Vigilancia, Agentes Participantes y a las unidades orgánicas competentes de la Municipalidad de Megantoni el cumplimiento de la presente Ordenanza y su reglamento. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.

y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa (...)". Que, asimismo, el artículo 9º, numeral 8) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal: "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos". Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, norma que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organizaciones y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la administración pública, en su artículo 3º señala como finalidad, generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y definición de sus funciones y la de los órganos que la integran. Que, bajo este contexto la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, mediante el Informe Nº156-2018-GPPTO-MDM/LC, hace llegar la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones, la misma que cuenta con opinión favorable de la Oficina de Asesoría Legal a través de la Opinión Legal Nº 084-2018-MDM-OAJ/RZC; En uso de las facultades concedidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal por mayoría y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA

ESAU RIOS SHERIGOROMPI Alcalde 1641928-1

Aprueban la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2018-A/MDM Megantoni, 22 de marzo de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEGANTONI Visto: El Informe Nº156-2018-GPPTO-MDM/LC, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, y la Opinión Legal Nº 084-2018-MDM-OAJ/ RZC, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 9.2 del Artículo 9º de la Ley Nº 27783 ­ "Ley de Bases de la Descentralización" prescribe que dentro de la autonomía administrativa de los gobiernos locales se encuentra la facultad de organizarse internamente, precisando además en el inciso d) del Artículo 42º que es competencia de los gobiernos locales, aprobar su organización interna. Que, el artículo 9º, numeral 3) de la ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el régimen de organización Interior y funcionamiento del gobierno local", lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la misma norma que señala: "que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos

Artículo Primero.- Aprobar la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Megantoni, que como anexo forma parte integrante de la presenta Ordenanza. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad de Megantoni www.munimegantoni.gob.pe. y en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a todas las unidades Orgánicas de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ESAU RIOS SHERIGOROMPI Alcalde 1641928-2

Aprueban el Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Megantoni
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2018-A/MDM Megantoni, 5 de abril de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEGANTONI Visto: El Informe Nº 0112-2018-DGPA-GDEA-MDM/ LC, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Ambiental, el Informe Nº 186-2018-GPPOT-MDM/LC, de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Ordenamiento Territorial y la Opinión Legal Nº 095-2018-MDM-OAJ/RZC, de la Oficina de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con Informe Nº 0112-2018-DGPA-GDEA-MDM/ LC, la Gerencia de Desarrollo Económico y Ambiental, remite la propuesta de Reglamento de Supervisión

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