Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2018 (08/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Miércoles 8 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada en la fecha; VISTOS, el informe Nº 074-2018-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el informe Nº2312018-GFC/MDSM emitido por la Gerencia de Fiscalización y Control y el informe Nº 071-2018-SGTT-GDU/MDSM emitido por la Subgerencia de Tránsito y Transporte, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Leyes de la Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza N° 322/MDSM, se aprobó el Procedimiento de Internamiento de Vehículos Abandonados en Áreas de Uso Público, cuyo objeto es establecer el procedimiento de internamiento de vehículos abandonados en áreas de uso público del distrito de San Miguel, a fin de mantener el orden de las vías públicas locales, preservar la salud pública, seguridad ciudadana, conservación del ornato, medio ambiente y la vialidad, en el marco de las competencias de los gobiernos locales; Que, asimismo, Ordenanza N° 344/MDSM, se reguló el Estacionamiento Vehicular dentro de la Jurisdicción del Distrito de San Miguel, cuyo objeto es regular la organización del estacionamiento de vehículos en las vías públicas dentro del distrito de San Miguel, como una medida de conservación del entorno urbano y la imagen del distrito, salvaguardando la intangibilidad y seguridad de los vecinos, inculcando con ello hábitos y costumbres, orientados a la recuperación de las áreas públicas, velando por la libre circulación y la seguridad vía; Que, a través de los documentos de vistos, la Subgerencia de Tránsito y Transporte, propone con la finalidad de coadyuvar esfuerzos para que, por medio de una plataforma web, amigable y sencilla, se pueda reportar a la Municipalidad Distrital de San Miguel, las infracciones principalmente de transporte (parqueo) de competencia distrital, así como otro tipo de infracciones administrativas, con el fin de que puedan aplicarse las sanciones y medidas correctivas correspondientes, la misma que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; Que, en líneas generales y al amparo de los informes técnicos emitidos por las unidades orgánicas detalladas en vistos, se establece la necesidad de modificar las Ordenanzas Nº 322 y Nº 344/MDSM, con la finalidad de utilizar como medios probatorios a dispositivos magnéticos, computarizados u otro mecanismo tecnológico (video /foto) que posibilite la verificación de la comisión de la infracción de manera fehaciente; Que, en concordancia con el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas municipales, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materiales en que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y demás dispositivos pertinentes de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 322/MDSM ­ "ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO DE VEHÍCULOS ABANDONADOS EN ÁREAS DE USO PÚBLICO" Y ORDENANZA N°344/MDSM ­ "ORDENANZA QUE REGULA EL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL" Artículo 1º.- INCLUIR el numeral 6.3) del artículo 6°, así como la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final en la Ordenanza N° 322/MDSM, "Ordenanza que Regula el Procedimiento de Internamiento de Vehículos Abandonados en áreas de uso público", en los siguientes términos: "Artículo 6º.- DE LA INFRACCIÓN MUNICIPAL NOTIFICACIÓN DE

(...) 6.3 La Subgerencia de Tránsito y Transporte, así como la Subgerencia de Inspección y Control de Sanciones, para la imposición de la notificación de infracción municipal podrán apoyarse en medios magnéticos, computarizados u otro mecanismo tecnológico (video /foto) que permita verificar la comisión de la infracción de manera fehaciente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Novena.- Toda mención efectuada en la presente Ordenanza como Papeleta de Infracción, deberá entenderse como Notificación de Infracción Municipal". Artículo 2º.- MODIFICAR el primer párrafo del artículo 6º de la Ordenanza N° 344/MDSM, "Ordenanza que Regula el Estacionamiento Vehicular dentro de la Jurisdicción del Distrito de San Miguel", en los siguientes términos: "Artículo 6º.- Verificado el estacionamiento de vehículos en la vía pública, a través de la inspección in situ o a través de medios magnéticos, computarizados u otro mecanismo tecnológico (video /foto) que permita identificar la comisión de la infracción de manera fehaciente, y que reúnan las características detalladas en el artículo 5°, la Subgerencia de Inspecciones y Control de Sanciones, procederá a emitir la notificación de infracción municipal, la cual será notificada al propietario en su domicilio de acuerdo a las formalidades del TUO de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. (....)". Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza a la Subgerencia de Tránsito y Transporte y Gerencia de Fiscalización y Control. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de San Miguel la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación en el Portal de Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Artículo 5º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1677590-1

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