Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2018 (08/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Miércoles 8 de agosto de 2018 /

El Peruano

Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, aprueba los Lineamientos Para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal; Que, la Ley Nº 29091, y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, establecen la forma y oportunidad para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que para el caso se deberá publicar el dispositivo legal que aprueba el TUPA, en el diario encargado de los avisos judiciales de la región, y el texto íntegro del TUPA deberá ser publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el portal institucional; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29091, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM, las municipalidades de la provincia de Lima deben publicar en el Diario Oficial El Peruano los textos de los dispositivos legales que aprueben, modifiquen o deroguen sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos; debiendo efectuarse, además, la publicación del anexo respectivo (que contiene el listado de los procedimientos y servicios) en la página Web institucional y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE), el mismo día en el que se efectúa la publicación de la norma en el diario en mención; Que, asimismo, concordante con lo señalado en el párrafo precedente, los numerales 43.2 y 43.3 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario oficial El Peruano, y el TUPA se publica obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano y adicionalmente debe ser difundido a través del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE y en el respectivo portal institucional; Que, la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 40º establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser ratificados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 2085-MML, la cual regula el procedimiento de ratificación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modifican o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, la Gerencia de Presupuesto y Planeamiento, ha elaborado el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Lince, a través del cual se aprueban los procedimientos administrativos y derechos de tramitación de los mismos, contando para ello con las opiniones favorables de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal, por lo que corresponde ser aprobado por Concejo Municipal; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º, numeral 8) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITACIÓN Y DISPONE SU INCLUSIÓN EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE Artículo Primero.- Aprobación de Procedimientos Administrativos y Servicios Brindados en Exclusividad Apruébense los procedimientos administrativos y servicios administrativos prestados en exclusividad, requisitos y costos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA que figura en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobación de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenido en el TUPA.

Apruébense los 163 derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, conforme a la relación que se detalla a continuación:
UNIDAD ORGÁNICA RESPONSABLE DERECHO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / TRAMITACIÓN SERVICIO EXCLUSIVO (S/)



1.1

LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE SUBGERENCIA DE PROFESIONALES - CONSTRUCCIÓN INFRAESTRUCTURA DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR URBANA DE HASTA 120 M2 CONSTRUIDOS, SIEMPRE QUE CONSTITUYA LA ÚNICA EDIFICACIÓN EN EL LOTE LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES - AMPLIACIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR, CUYA EDIFICACIÓN ORIGINAL CUENTE CON LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, DECLARATORIA DE FÁBRICA O DE EDIFICACIÓN SIN CARGA, Y LA SUMATORIA DEL ÁREA TECHADA DE AMBAS NO SUPERE LOS 200 m2

119.70

1.2

SUBGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA

119.70

1.3

LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE SUBGERENCIA DE PROFESIONALES - REMODELACIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR, INFRAESTRUCTURA SIEMPRE QUE NO IMPLIQUE URBANA MODIFICACIÓN ESTRUCTURAL, CAMBIO DE USO Y/O INCREMENTO DE ÁREA TECHADA LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES - CONSTRUCCIÓN SUBGERENCIA DE DE CERCOS DE MAS DE 20 M. INFRAESTRUCTURA DE LONGITUD, SIEMPRE QUE EL URBANA INMUEBLE NO SE ENCUENTRE BAJO EL RÉGIMEN EN QUE COEXISTAN SECCIONES DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y PROPIEDAD COMÚN LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES - DEMOLICIÓN SUBGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA TOTAL DE EDIFICACIONES MENORES DE TRES (03) PISOS DE ALTURA, QUE URBANA NO CUENTEN CON SEMISÓTANOS Y SÓTANOS, SIEMPRE QUE NO HAGA USO DE EXPLOSIVOS LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE SUBGERENCIA DE PROFESIONALES - OBRAS MENORES INFRAESTRUCTURA DE AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN URBANA SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES - OBRAS DE CARÁCTER MILITAR DE LAS FUERZAS SUBGERENCIA DE ARMADAS Y LAS DE CARÁCTER INFRAESTRUCTURA POLICIAL DE LA PNP, ASÍ COMO LOS URBANA ESTABLECIMIENTOS DE RECLUSIÓN PENAL, LOS QUE DEBEN EJECUTARSE CON SUJECIÓN A LOS PLANES DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES - EDIFICACIONES NECESARIAS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN SUBGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA, DE ASOCIACIÓN PÚBLICO URBANA - PRIVADA O DE CONCESIÓN PRIVADA QUE SE REALICEN, PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS ESENCIALES O PARA LA EJECUCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

119.70

1.4

92.40

1.5

81.50

1.6

90.90

1.7

76.80

1.8

78.60

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