Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2018 (08/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Miércoles 8 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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- El/la Coordinador (a) de la Unidad No Estructurada de Gestión de Tecnologías de Información de la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos. - El/la Sub Director (a) de la Unidad de Recursos Humanos. - El/la Sub Director (a) de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario. - El/la Oficial de Seguridad de la Información. Artículo 2°.- Finalidad El Comité de Gobierno Digital de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA, está encargado de dirigir, evaluar y supervisar el proceso de transformación digital de la entidad, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de los objetivos y planes institucionales, mejorando la prestación de los servicios públicos digitales a los usuarios, y orientada a la implementación del gobierno digital. Artículo 3°.- Funciones El Comité de Gobierno Digital de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA, tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan de Gobierno Digital de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA. b) Liderar y dirigir el proceso de transformación digital de la institución. c) Evaluar el uso de las tecnologías digitales de conformidad con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades de la entidad, objetivos institucionales, entre otros, con miras a implementar el Gobierno Digital. d) Gestionar la asignación de personal y recursos necesarios para la implementación del Plan de Gobierno Digital en los Planes Operativos Institucionales, Plan Anual de Contrataciones y otros. e) Promover y gestionar la implementación de estándares y buenas prácticas en gestión y gobierno de tecnologías digitales. f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital. g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital en la entidad. h) Promover el intercambio de datos de la información, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades. i) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia. Artículo 4°.- Instalación Disponer que el Comité de Gobierno Digital de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA, se instale en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles siguientes de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5°.- Designación Designar al Director (a) de la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, como Líder de Gobierno Digital de la entidad. Artículo 6°.- Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente resolución se financia con cargo al presupuesto institucional de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA. Artículo 7°.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA (www.ana.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER OBANDO LICERA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1678546-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 279-2018-MINCETUR Lima, 6 de agosto de 2018 Visto el Oficio N° 117-2018-PROMPERÚ/GG, de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha contemplado participar conjuntamente con empresas del sector turismo, en el evento "Virtuoso Travel Week", que se realizará en la ciudad de Las Vegas, Nevada, Estados Unidos de América, del 11 al 17 de agosto de 2018, dirigido a agencias de viaje de ofertas de lujo, con la finalidad de fomentar negociaciones directas para comercialización de nuestro destino en el segmento de altos ingresos económicos; asimismo, el día 10 de agosto del 2018, se tiene previsto ejecutar acciones necesarias para la óptima presentación del pabellón Perú en el evento, así como la revisión de los resultados del módulo educativo que PROMPERÚ posee en el Virtuoso University; Que, es importante la participación en este evento, por constituir un espacio idóneo para la promoción y difusión de nuestro destino y que permite contactar y actualizar a más de mil agentes de viaje de la red virtuoso sobre la variada oferta turística que el Perú ofrece, con énfasis en el turismo de lujo; además, el evento mantendrá un formato de reuniones personalizadas, donde los participantes exponen sus destinos turísticos a los agentes de Virtuoso, lo que permitirá conocer las nuevas tendencias, estilos de viaje y expectativas de los consumidores finales; Que, en tal razón, la Gerencia General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de las señoras Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim, Coordinadora del Departamento de Mercado Anglosajón, de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, de la Dirección de Promoción del Turismo, y Cecilia Milagros Berrocal Pérez Albela, Especialista en Turismo del Departamento de Mercado Anglosajón, de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, de la Dirección de Promoción del Turismo, para que en representación de PROMPERÚ desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en el evento antes mencionado; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,

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