Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2018 (08/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Miércoles 8 de agosto de 2018 /

El Peruano

modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Las Vegas, Nevada, Estados Unidos de América, de las señoras Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim y Cecilia Milagros Berrocal Pérez Albela, del 09 al 18 de agosto de 2018, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones previas y durante el desarrollo del evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción del turismo receptivo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim Cecilia Milagros Berrocal Pérez Albela Pasajes aéreos Viáticos Nro. Clase Económica Continente día US$ días US$ 918,38 918,38 440,00 440,00 9 9 Total Viáticos US$ 3 960,00 3 960,00

América del Norte

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1677499-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 301-2018-MIDIS/PNAEQW Lima, VISTOS: El Informe Nº 219-2018-MIDIS/PNAEQW-URH, emitido por la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Nº 00734-2018-MIDIS/PNAEQW-UAJ, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2014-MIDIS, el Decreto Supremo Nº 004-2015-MIDIS, el Decreto Supremo Nº 012-2017-MIDIS y el Decreto Supremo Nº 005-2018-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (en adelante, PNAEQW), como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante, el MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario de calidad,

adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres (3) años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, mediante Decretos Supremos Nos 004-2015-MIDIS, y 005-2018-MIDIS, respectivamente, se dispone que el PNAEQW, de forma progresiva atienda a los escolares de nivel secundaria de las instituciones públicas localizadas en los pueblos indígenas que se ubican en la Amazonía Peruana, y modifica el segundo párrafo del artículo primero del Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, y establece que el PNAEQW tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019; Que, la Octogésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018, establece que: Dispóngase la atención progresiva de la prestación del servicio alimentario de los escolares de la modalidad jornada escolar completa, a través del PNAEQW del MIDIS (...); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 283-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del PNAEQW, que constituye el documento técnico normativo de gestión que determina la estructura, funciones generales del programa social, funciones específicas de las unidades que lo integran, así como los principales procesos estratégicos, misionales y de apoyo del programa; Que, el literal t) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PNAEQW, establece como función de la Dirección Ejecutiva, entre otras: t) Autorizar las acciones y contrataciones de personal, bajo cualquier régimen de contratación, de conformidad con los lineamientos y políticas sectoriales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y en el marco de la legislación vigente; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público señala que el personal del empleo público se clasifica en: i) Funcionario Público, ii) Empleado de Confianza, y, iii) Servidor Público; definiéndose al Empleado de Confianza como "El que desempeña cargo de confianza técnico o político, distinto al del funcionario público. Se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad..."; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 134-2018-MIDIS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del PNAEQW, en cumplimiento a la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", modificada por Resolución de Presidencia Nº 057-2016-SERVIR-PE; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 217-2018-MIDIS/PNAEQW, se aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional del PNAEQW, aprobado por Resolución Ministerial Nº 134-2018-MIDIS; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 261-2018-MIDIS/PNAEQW, se aprueba el Clasificador de Cargos del PNAEQW; Que, mediante Memorando Nº 378-2018-MIDIS/ PNAEQW-DE, la Dirección Ejecutiva solicita efectuar los actos preparatorios para la designación del Jefe de la Unidad de Comunicación e Imagen [clasificado como Empleado de Confianza], para cuyo efecto propone a la señora Andrea Margianna Barreto Campos, a efectos que se proceda a realizar su evaluación; Que, mediante Informe Nº 219-2018-MIDIS/PNAEQWURH, la Unidad de Recursos Humanos informa que la Dirección Ejecutiva debe aprobar la designación de la señora Andrea Margianna Barreto Campos, como Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen del PNAEQW, cargo clasificado como Empleado de Confianza (EC); Que, del informe del visto, la Unidad de Asesoría Jurídica, en relación a las formalidades requeridas para la designación de la señora Andrea Margianna Barreto Campos, como Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen del PNAEQW, indica que corresponde a la Dirección Ejecutiva expedir la resolución administrativa, en atención a las facultades establecidas en el literal t)

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