Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2018 (08/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Miércoles 8 de agosto de 2018 /

El Peruano

finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Oficio Nº 4710-2018-MTC/15.03; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 705-2018MTC/15.03, en el cual se concluye que La Empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el artículo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, y en aplicación de los principios de informalismo, de presunción de veracidad y de privilegio de controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizan a la empresa "CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR TECNOLOGÍA DEL SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA-CITV TECNOLOGÍA DEL SUR S.R.L.", como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV, para operar con dos líneas de inspección técnica vehicular una tipo mixta y una tipo combinada, en el local ubicado en la Avenida Independencia, Esquina con Jirón Copacabana S/N, Urbanización Aeropuerto Segunda Etapa, salida al Cusco, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, por el plazo de cinco (05) años. Artículo 2º.- La Empresa autorizada deberá presentar, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, el Certificado de Homologación de Equipos, Certificado de Inspección Inicial y Constancia de Calibración de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz esté asociada a la Internacional Federation Of Inspectión Agencies ­ IFIA, con la finalidad de obtener la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedida por la Dirección General de Transporte Terrestre, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 3º.- La empresa "CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR TECNOLOGÍA DEL SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA-CITV TECNOLOGÍA DEL SUR S.R.L.", bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza Fecha Máxima de Presentación 06 de junio de 2019 06 de junio de 2020 06 de junio de 2021 06 de junio de 2022 06 de junio de 2023

TECNOLOGÍA DEL SUR S.R.L.", a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 5º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6º.- La empresa "CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR TECNOLOGÍA DEL SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA-CITV TECNOLOGÍA DEL SUR S.R.L.", debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:
Documentos Fecha Máxima de Presentación

Planos de Ubicación y Distribución en este último Treinta (30) días caso con su Memoria Descriptiva del local del Centro calendarios de otorgada de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV suscrita por la autorización. el representante legal. Copia simple del título de propiedad, contrato de arrendamiento, cesión en uso, comodato o cualquier Treinta (30) días otro que acredite la posesión legítima y el atributo calendarios de otorgada de usar y usufructuar la infraestructura inmobiliaria la autorización. requerida en el artículo 36 del presente Reglamento. Licencia de Funcionamiento y Certificado de Noventa (90) días Compatibilidad de Uso emitido por la Municipalidad calendarios de otorgada correspondiente. la autorización. Relación de equipamiento requerido por el Artículo Noventa (90) días 34º de El Reglamento y documentos que sustenten calendarios de otorgada la propiedad y/o condición de arrendatario financiero la autorización. sobre los mismos.

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa denominada "CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR TECNOLOGÍA DEL SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA-CITV TECNOLOGÍA DEL SUR S.R.L.", los gastos que origine su publicación. Artículo 8º.- Notificar la presente Resolución Directoral en el domicilio legal señalado por la empresa "CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR TECNOLOGÍA DEL SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA-CITV TECNOLOGÍA DEL SUR S.R.L.", ubicado en Avenida Independencia, Esquina con Jirón Copacabana S/N, Urbanización Aeropuerto Segunda Etapa, salida al Cusco, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1675210-1

Autorizan a C.I.T.V. Santos S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular CITV
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 3090-2018-MTC/15 Lima, 13 de julio de 2018 VISTO: La solicitud registrada con Hoja de Ruta N° E-0956282018, presentada por la empresa C.I.T.V. SANTOS S.A.C., así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, y;

En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada "CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR TECNOLOGÍA DEL SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA-CITV

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