Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2018 (09/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Jueves 9 de agosto de 2018 /

El Peruano

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban modelos definitivos de Cédulas de Sufragio Regional, Municipal Provincial y Municipal Provincial - Distrital para Votación Manual; Cédulas de Votación Electrónica para Gobernador y Vicegobernador Regional, Consejero Regional, Municipal Provincial y Municipal Distrital; Cédula de Votación Manual Elecciones Regionales 2018 Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, Cédula de Votación Electrónica Elecciones Regionales 2018 Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, para las Elecciones Regionales y Municipales 2018
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000157-2018-JN/ONPE Lima, 7 de agosto del 2018 VISTOS: el Informe Nº 000041-2018-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 000841-2018-SGOE-GGE/ONPE, de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral; el Memorando Nº 000388-2018-GG/ONPE, de la Gerencia General; así como el Informe Nº 0003132018-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, el Presidente de la República convocó a Elecciones Regionales de Gobernadores, Vicegobernadores y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República, para el día domingo 07 de octubre de 2018; De conformidad con el artículo 37 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE) en concordancia con el literal c) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es función de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisándose en el literal b) del mismo artículo que es función de este organismo constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo; Asimismo, el artículo 159 de la LOE, dispone que corresponde a la ONPE determinar las características de las cédulas de sufragio, la impresión y distribución de las mismas, así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector; El primer párrafo del artículo 167 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE) estipula que los personeros acreditados pueden presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones. Dichas impugnaciones o reclamaciones deben estar debidamente sustentadas y ser presentadas por escrito dentro de los tres (3) días después de efectuada la publicación a que se refiere el artículo 165 de la misma Ley; El artículo 168 de la LOE, establece que: "resueltas las impugnaciones o reclamaciones que se hayan formulado, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, la ONPE publica y divulga el modelo definitivo y procedimiento que debe seguirse (...)"; Mediante Resolución Jefatural Nº 000111-2018-JN/ ONPE, se aprobaron los diseños de las cédulas de

sufragio para votación manual y votación electrónica para las elecciones convocadas; presentadas en Acto Público de fecha 21 de junio de 2018; Mediante el Oficio Nº 1537-2018-DCGI/JNE, el Director Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones, adjunta el Informe Nº 001-2018-ATKBDNFPE/JNE, emitido por la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE, en el que recomiendan realizar precisiones a los diseños de las cédulas de sufragio antes señalados; Teniendo en cuenta el Oficio de la DCGI del JNE la Gerencia de Gestión Electoral a través del Informe Nº 000041-2018-GGE/ONPE, remite a la Gerencia General el Informe Nº 000841-2018-SGOE-GGE/ONPE, elaborado por la Sub Gerencia de Operaciones Electorales, el cual contiene las Especificaciones Técnicas de los modelos de las cédulas de votación manual y electrónica para las Elecciones Regionales y Municipales 2018, incorporando las precisiones solicitadas por la DGCI; Por otra parte, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones mediante el Oficio Nº 065202018-SG/JNE, de fecha 11 de julio, hace de conocimiento que: la única impugnación contra el diseño de la cédula que se tiene es la remitida por la ONPE, el 28 de junio de 2018, mediante el Oficio N.º 000744-2018-SG/ONPE, planteada por el personero legal del partido político Perú Patria Segura; no habiéndose presentado ninguna otra impugnación o reclamación; Mediante el Oficio Nº 06797-2018-SG/JNE, de fecha 25 de julio, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, remite la Resolución Nº 1068-2018-JNE, que declara infundada la impugnación interpuesta por Pedro Martín Sagástegui Bardales, personero legal titular de la organización política Perú Patria Segura; y, confirma el diseño de la cédula de sufragio aprobado con la Resolución Jefatural Nº 000111-2018-JN/ONPE; De acuerdo a lo señalado y teniendo en cuenta lo establecido en el literal d) y e) del artículo 68 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, ha propuesto a la Gerencia General la aprobación de los modelos definitivos y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para Voto Electrónico y Votación Manual correspondientes a las Elecciones convocadas; La Gerencia General, mediante el documento de vistos, presentó a la Jefatura Nacional la propuesta de diseño y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para las elecciones antes referidas, recomendando su aprobación y publicación correspondiente; por lo que, es necesario emitir la Resolución Jefatural que las apruebe; De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales o) y s) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; Con los visados de la Secretaría General, de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Gestión Electoral, de Informática y Tecnología Electoral, así como de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Sufragio Regional para Votación Manual Elecciones Regionales 2018, cuyo formato aparece en los Anexos Nº 2, 3 y 4, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Sufragio Municipal Provincial para Votación Manual Elecciones Municipales 2018, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 6 y 7, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 5, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Sufragio Municipal Provincial - Distrital para Votación Manual Elecciones Municipales 2018, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 9 y 10, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 8, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Aprobar el modelo definitivo de

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