Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2018 (14/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Martes 14 de agosto de 2018 /

El Peruano

postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores; Que, se ha estimado por conveniente modificar la conformación de la Comisión de Selección encargada de la conducción del Concurso Público a través de sus etapas de convocatoria, evaluación y selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, respecto al Miembro Permanente, representante del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento del Concurso Público para la Selección de los Postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 103-2012-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 174-2018-PCM, que conforma la Comisión de Selección encargada de la conducción del Concurso Público a través de sus etapas de convocatoria, evaluación y selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, conforme a lo siguiente: "Miembros Permanentes (...) - Señor Roberto Ricardo de Urioste Samanamud, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas. (...)". Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos contenidos en la Resolución Ministerial N° 174-2018PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1680468-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Modifican Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra Centro Sur
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0331-2018-MINAGRI Lima, 13 de agosto de 2018 VISTOS: El Memorando N° 031-2018-MINAGRI-SG/OGPPODOM, de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Oficio N° 670-2018-MINAGRI-SG/ OGPP-ODOM, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Oficio N°0038-2018-MINAGRIPESCS-1601, del Proyecto Especial Sierra Centro Sur; y el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica N° 679-2018-MINAGRI-SG/OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 00715-2014MINAGRI, de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra Centro Sur ­ PESCS, estableciéndose, entre otros, que el citado Proyecto Especial tiene como finalidad formular y ejecutar actividades, programas y proyectos de inversión pública en materia agraria, para elevar el nivel de vida y el proceso de desarrollo en el ámbito de intervención del PESCS;

Que, con Resolución Ministerial N° 0454-2015MINAGRI, de fecha 14 de setiembre de 2015, se aprobó la modificación al artículo 15 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra Centro Sur ­ PESCS, referido a las funciones del Órgano de Control Institucional; Que, conforme al documento del Vistos, el Director Ejecutivo del PESCS propone la modificación del Manual de Operaciones del PESCS justificando dicha propuesta principalmente en la adecuación de funciones al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones creado con Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, mediante Informe Técnico N° 012-2017-MINAGRISG-OGPP/ODOM, de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MINAGRI, se evaluó la propuesta de modificación del Manual de Operaciones del PESCS, que básicamente están orientadas a realizar adecuaciones en algunas funciones correspondientes a la Oficina de Programación, Presupuesto y Seguimiento, Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, y Dirección de Desarrollo Agroeconómico, considerando las nuevas disposiciones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, el informe técnico citado precedentemente concluye además que resulta pertinente dejar sin efecto el numeral 3 del artículo 26 referido a los principales procesos del PESCS, toda vez, que este ha sido formulado en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública ­ Ley N° 27293, el cual ha sido derogado mediante Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; así como, concluye en la necesidad de derogar el artículo 27° del Manual de Operaciones del PESCS referido a la relación de puestos; toda vez que, dicho contenido no corresponde a este instrumento de gestión organizacional; según lo establecido en el artículo 54 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado. Que, de conformidad con el Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la entidad ­ CPE, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE y modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, se establece que en lugar de la relación de puestos corresponde desarrollar un Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), instrumento de gestión que corresponde al Sistema de Gestión de Recursos Humanos; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la modificación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra Centro Sur - PESCS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificada por la Ley N° 30048; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el literal j) del artículo 16°, el literal c) y d) del artículo 19° y literal c) del artículo 20° del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, aprobado con Resolución Ministerial N° 00715-2014-MINAGRI, modificado con Resolución Ministerial N° 0454-2015-MINAGRI, en los siguientes términos: "Artículo 16.- De la Oficina de Programación, Presupuesto y Seguimiento (...) j) Ejercer las funciones y responsabilidades de Unidad Formuladora en el marco del Sistema Nacional

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