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15 NORMAS LEGALES Martes 14 de agosto de 2018 El Peruano / Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de Dinamarca, con residencia en Estocolmo, Reino de Suecia; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 2043, del Despacho Viceministerial, de 31 de julio de 2018; y el Memorándum (PRO) N° PRO00284/2018, de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 30 de julio de 2018; De conformidad con el artículo 118° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia, Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio Raymundo Bellina Acevedo, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de Dinamarca, con residencia en Estocolmo, Reino de Suecia. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1680479-6 Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Cracovia, República de Polonia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 153-2018-RE Lima, 13 de agosto de 2018 VISTAS: La Resolución Suprema N° 0300-98-RE del 6 de julio de 1998, modi fi cada por Resolución Suprema N° 359- 98-RE del 19 de agosto de 1998, que nombró al señor Andrzej Krzanowski en el cargo de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Cracovia, República de Polonia, con jurisdicción en la localidad; La carta del señor Andrzej Krzanowski dirigida a la sección consular de la Embajada del Perú en la República de Polonia, mediante la cual comunica su renuncia al cargo de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Cracovia; CONSIDERANDO: Que, el artículo 127º, literal d), del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE, del 05 de octubre de 2005, señala que las funciones de los Cónsules Honorarios pueden concluir a su solicitud; De conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; el artículo 118º, inciso 11), de la Constitución Política del Perú; y, los artículos 127º, literal d), 128º y 129º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del señor Andrzej Krzanowski como Cónsul honorario del Perú en la ciudad de Cracovia, República de Polonia, con jurisdicción en la localidad. Artículo 2.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1680479-7 Pasan a la situación de retiro a funcionario diplomático en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 154-2018-RE Lima, 13 de agosto de 2018 VISTO: El Informe Escalafonario (OAP) N° 0116/2018, de la O fi cina de Administración de Personal, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 12 de julio de 2018; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema, la determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe Escalafonario (OAP) N° 0116/2018, ha señalado que el Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jaime Danilo Miranda Delizzie, cumplirá el 11 de setiembre de 2018, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N° 28091; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jaime Danilo Miranda Delizzie, el 11 de setiembre de 2018, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jaime Danilo Miranda Delizzie, por los servicios prestados a la Nación.