Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2018 (14/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Martes 14 de agosto de 2018 /

El Peruano

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1680479-8

SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA a efectuar el pago de las siguientes cuotas:
PLIEGO PRESUPUESTARIO 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA MONTO (En Soles) 184 500.00 129 258.00 PERSONA JURÍDICA Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur ­ COSAVE Organización Mundial de Sanidad Animal - OIE

Autorizan al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA a efectuar el pago de cuotas a favor del Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur - COSAVE y la Organización Mundial de Sanidad Animal - OIE
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 155-2018-RE Lima, 13 de agosto de 2018 VISTO: El Oficio N° 0118-2018-MINAGRI-SENASA-OPDI, de 02 de julio de 2018, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de las cuotas a favor del Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur ­ COSAVE y de la Organización Mundial de Sanidad Animal ­ OIE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2018", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2018; Que, el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30693, establece que las cuotas internacionales contenidas en el Anexo "B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2018" podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en virtud de ello, mediante Decreto Supremo N° 014-2018/RE, se modificó el Anexo B: Cuotas Internacionales ­ Año Fiscal 2018 de la Ley N° 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Pliego Presupuestario 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, se ha previsto recursos para el pago de las cuotas a favor del Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur ­ COSAVE y de la Organización Mundial de Sanidad Animal ­ OIE, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;

Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. Artículo 3.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1680479-9

Autorizan a la Defensoría del Pueblo a efectuar el pago de cuota a favor del Instituto Internacional del Ombudsman - IIO
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 156-2018-RE Lima, 13 de agosto de 2018 VISTO: El Oficio N° 013-2018/DP-SG, de 22 de febrero de 2018, de la Defensoría del Pueblo, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor del Instituto Internacional del Ombudsman - IIO; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2018", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2018, siendo que de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 de dicha Ley, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto de la Defensoría del Pueblo se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor del Instituto Internacional del Ombudsman - IIO; por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de

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