Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2018 (23/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 23 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Memorándum N° 1349-2018-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria mediante el cual presenta el estudio tarifario que sustenta la propuesta final para el quinquenio regulatorio 2019-2024, de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por la EPS TACNA S.A.1 (en adelante, EPS TACNA). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N° 008-2018-SUNASS-GRT se admite a trámite la solicitud de la EPS TACNA de aprobación de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables durante el tercer quinquenio regulatorio por la EPS TACNA. Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas2, se ha cumplido con: i) publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) realizar la audiencia pública correspondiente el 09 de noviembre de 2018. Que, el Organismo Regulador ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública conforme se aprecia en el Anexo N° 4 del estudio tarifario que sustenta la propuesta final de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por la EPS TACNA durante el quinquenio regulatorio 2019-2024. Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de la EPS TACNA y disponer la constitución del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa. Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y considerando el efecto del cambio climático en la fórmula tarifaria se han previsto recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma. Que, teniendo en cuenta la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento3 y su reglamento4 en la formula tarifaria se han previsto recursos que coadyuven a la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos. Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Asesoría Jurídica, Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 30 de noviembre de 2018. HA RESUELTO: Artículo 1°.- Aprobar las metas de gestión de EPS TACNA S.A. para el quinquenio regulatorio 2019-2024 y los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, los cuales se encuentran detallados en el Anexo N° 1 de la presente resolución. Artículo 2°.- Aprobar la fórmula tarifaria que aplicará la EPS TACNA S.A. durante el quinquenio regulatorio 2019-2024 de acuerdo con lo especificado en el Anexo N° 2 de la presente resolución. Artículo 3°.- Aprobar la estructura tarifaria del quinquenio regulatorio 2019-2024 de los servicios, de agua potable y alcantarillado que brinda la EPS TACNA S.A. conforme a lo detallado en el Anexo N° 3 de la presente resolución.

Artículo 4°.- Disponer la creación del fondo de inversiones para financiar las inversiones con recursos internamente generados por la empresa prestadora y la reserva para: i) la Formulación del Plan de Gestión del Riesgo de Desastres (GRD) y Adaptación al Cambio Climático (ACC), y ii) la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE). Para constituir el fondo de inversiones, y las reservas indicadas en el párrafo anterior, la EPS TACNA S.A. deberá abrir las respectivas cuentas en el sistema bancario y depositar mensualmente durante el quinquenio regulatorio 2019-2024 los porcentajes de ingresos por la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo y otros ingresos indicados en el estudio tarifario (sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal) que se indican en el Anexo N° 4 de la presente resolución. Si se comprobara un uso distinto de los recursos o que no se hicieron las transferencias correspondientes, al fondo de inversiones o a las reservas antes señaladas, la SUNASS tomará las acciones correspondientes de conformidad al Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones de las EPS5 y también comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social de la EPS TACNA S.A. y a la Contraloría General de la República. Artículo 5°.- Aprobar los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que la EPS TACNA S.A. presta a sus usuarios, los cuales se detallan en el Anexo Nº 5 de la presente resolución y resultan de aplicación a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 6°.- El inicio del quinquenio regulatorio y la aplicación de la estructura tarifaria aprobada se considerarán a partir del primer ciclo de facturación posterior a la publicación de la presente resolución. Artículo 7°.- La presente resolución, sus anexos y su exposición de motivos deberán publicarse en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo 8°.- El estudio tarifario se publicará en el portal institucional de la SUNASS. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVÁN LUCICH LARRAURI Presidente del Consejo Directivo

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Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anónima. Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD, y sus modificatorias. Decreto Legislativo N° 1280, publicado el 29 de diciembre del 2016 en el Diario Oficial El Peruano. Aprobado con Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, publicado el 26 de junio de 2017 en el Diario Oficial El Peruano. Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 003-2007-SUNASS-CD, y sus modificatorias.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I. SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE GESTIÓN Y COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA DETERMINAR LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE LA EPS TACNA S.A. El estudio tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a la EPS TACNA S.A. para el quinquenio regulatorio 2019-2024. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión eficientes de la empresa, que figuran en el citado estudio tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos

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