Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2018 (30/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 157

El Peruano / Domingo 30 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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dispone el Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 0462017-PCM. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y su Anexo 1 en el Portal del Diario Oficial el Peruano, asimismo se publicará en el Portal de Servicios Al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Web de la Municipalidad de Santiago de Surco(www.munisurco.gob.pe). Artículo Sétimo.- LA PRESENTE Ordenanza y su anexo serán publicados en la página web del Servicio de Administración Tributaria ­SAT (www.sat.gob.pe) de conformidad con lo señalado en el Artículo 19º de la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Octavo.- LA PRESENTE Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo que aprobó su ratificación en la medida que se haya cumplido también con la publicación de la Ordenanza en mención en las formas y mecanismos previstos por Ley, Artículo Noveno.- REMITIR la presente Ordenanza y su Anexo I a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a efectos de iniciar el proceso de ratificación de los derechos. POR TANTO: Mando que se ratifique, posteriormente se publique, comunique y cumpla. ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 1727180-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

el Informe Nº 148-2018-UPEM-OPP/MVES y Nº 074-2018-UPEM-OPP/MVES de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, sobre Aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, mandato constitucional concordante con el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, señala que: "El proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos."; Que, el numeral 42.4 del artículo 42º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que: "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el Artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal."; Que, el numeral 27.19 del artículo 27º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, establece como función de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, entre otras, la de diseñar, elaborar e implementar el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE; Que, con Ordenanza Nº 333-2015-MVES, el Concejo Municipal de Villa El Salvador aprobó la Ordenanza que Declara en Proceso de Modernización a la Municipalidad de Villa El Salvador y de las unidades orgánicas que conforma su Organigrama Estructural, con el objetivo de mejorar la calidad de los servicios, a través de una gestión pública orientada a resultados al servicio del ciudadano y sus respectivos componentes; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 975-2015ALC/MVES se aprobó el Texto Único de Servicios No exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, siendo que, con Resolución Alcaldía Nº 8362016-ALC/MVES se aprobó su modificatoria; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 0268-2017ALC/MVES, de fecha 19 de octubre de 2017, se aprobó

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 279-2018-ALC/MVES Villa El Salvador, 26 de diciembre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Memorando Nº 897-2018-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 199-2018-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 086-2018OPP/MVES de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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