Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2018 (20/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 20 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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fundamental descrita y definida en el artículo 166 de la Constitución Política del Perú; Que, según lo señalado en el párrafo 4.- subpárrafo a.- incisos (4) y (5) del RFA 04-32 Reglamento del Servicio en Guarnición para las FFAA y PNP ­ Servicio General en Guarnición, aprobado mediante Resolución Suprema N° 016 DE/CCFFAA-D3-IE del 09 de enero de 1996, es atribución y responsabilidad del Comandante de Armas el cumplimiento de la ley, el establecimiento del orden y el mantenimiento de la seguridad dentro de una guarnición militar, dictando las medidas más convenientes para su cumplimiento; Que, la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel encargada de determinar los lineamientos, estrategias y acciones necesarias para asegurar el éxito del Perú en la organización de la visita del Sumo Pontífice, ha designado a la Base Aérea Las Palmas, ubicada en el distrito de Santiago de Surco, como el lugar en la ciudad de Lima donde Su Santidad oficiará una Misa el día 21 de enero de 2018; Que, siendo la Base Aérea Las Palmas una base militar, la Fuerza Aérea del Perú tiene a su cargo el control de la seguridad dentro de dicha instalación; sin embargo, a fin de brindar protección y seguridad especializada a Su Santidad el Papa Francisco, a las autoridades Eclesiásticas, Políticas y Militares, así como la del público asistente al citado evento religioso el cual se congregará en grandes dimensiones, resulta necesario se autorice el ingreso a la Policía Nacional del Perú al área asignada en la Base Aérea Las Palmas con el objeto que ejerza su misión constitucional durante los días 20 y 21 de enero de 2018; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la Policía Nacional del Perú el ingreso al área asignada en la Base Aérea Las Palmas los días 20 y 21 de enero de 2018 para que pueda ejercer la seguridad y orden interno por la misa que celebrará Su Santidad el Papa Francisco en dichas instalaciones. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú comunicará a la Policía Nacional del Perú el área de la Base Aérea Las Palmas materia de autorización y prestará las facilidades de acceso e instalación al personal policial para el adecuado cumplimiento de la misión encomendada. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 1608601-5

Informe Técnico Nº 019-2018-MINDEF/VPD/01.d de la Dirección General de Relaciones Internacional; y, el Informe Legal Nº 20-2018-MINDEF/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas establece que solo el Oficial en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su institución; Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2006DE/SG se aprobó el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, cuyo artículo 8 establece las etapas del procedimiento de selección para establecer las vacantes, las propuestas de cargos y finalmente el personal seleccionado; Que, al respecto, el literal c) del citado artículo 8 señala que una vez publicados los cargos a desempeñar en cada Institución Armada se conformará una Junta presidida por el Comandante General e integrada por el Jefe de Estado Mayor, Director / Comandante de Personal y dos Oficiales Generales o Almirantes designados de acuerdo a las características de los cargos a ser cubiertos, que evaluará al personal militar a ser propuesto presentándole al Comandante General sus recomendaciones; Que, asimismo, el literal d) del mismo artículo 8 establece que los Comandantes Generales presentarán al Ministro de Defensa una Terna de 3 Oficiales o Técnicos para cada cargo, en base a las recomendaciones de la citada Junta; Que, el mismo artículo en el literal e) señala que recibidas las propuestas de los Comandantes Generales de las tres Instituciones Armadas, se instala una Comisión quien evalúa y presenta al Ministro de Defensa las designaciones correspondientes para su aprobación; Que, mediante Resolución Suprema Nº 193-2017DE/ EP publicada el 28 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial El Peruano, se resolvió nombrar en diversos empleos a Oficiales Generales del Ejército del Perú; Que, mediante Oficio Nº 007-2018-VPD/B/b, el Director General de Relaciones Internacionales, adjunta el Informe Técnico Nº 019-2018-MINDEF/VPD/01.d en el cual advierte, en el ámbito de sus competencias, que el Ejército del Perú no presentó ante la Comisión las propuestas de los Oficiales General de Brigada de Infantería Herbert Dávila Ramírez, como agregado Militar a la Embajada de Perú en Brasil y al General de Brigada de Artillería Javier Eduardo Cam Albújar, como agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República Popular de China, por lo que la Resolución Suprema Nº 193-2017 DE/EP adolece de un defecto de procedimiento en las asignaciones señaladas; Que, al respecto, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017JUS, establece en su artículo 10 que son vicios del acto administrativo la contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias; Que, en tal sentido, habiéndose advertido que con relación al nombramiento de los citados Oficiales Generales no se cumplió con los literales d) y e) del procedimiento normado en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG, corresponde dejar sin efecto en dicho extremo a la Resolución Suprema Nº 1932017 DE/EP; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 028-2006DE/SG y el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Suprema Nº 193-2017 DE/EP del 28 de diciembre

Dejan sin efecto la R.S. Nº 193-2017 DE/EP en el extremo referido a las asignaciones de oficiales, como agregados Militar y de Defensa en las Embajadas de Perú en Brasil y la República Popular de China
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2018-DE/EP Lima, 19 de enero de 2018 VISTOS: La Resolución Suprema Nº 193-2017DE/EP; Oficio N° 013-2018-MINDEF/VPD del Viceministerio de Políticas para la Defensa; el Oficio Nº 007-2018-VPD/B/b de la Dirección General de Relaciones Internacionales; el

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