Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2018 (20/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 20 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Coronel FAP MARCOS FRANCISCO ROBLES BOCANEGRA, identificado con NSA O-9573889-A+ y DNI 16689023, para participar como Asesor e Instructor en el Área de Operaciones de la Dirección de Interceptaciones Aéreas (ODI) y Catedrático de la Escuela de Comando y Estado Mayor Aéreo (ECEMA), ubicada en la ciudad de Sucre ­ Estado Plurinacional de Bolivia del 01 de febrero al 31 de diciembre de 2018; así como, su salida del país el 31 de enero de 2018 y retorno el 01 de enero de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos: Lima ­ Sucre (Estado Plurinacional de Bolivia) - Lima US $ 900.00 x 01 persona (Incluye TUUA) = US $ 900.00

de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1608224-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0055-2018-DE/SG Mediante Oficio N° 0234-2018-MINDEF/SG, el Ministerio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 0055-2018-DE/SG, publicada en la edición del día 16 de enero de 2018. En el segundo Considerando: DICE: ( ... ) Que, mediante Resolución Ministerial N° 703-2017DE/, del 31 de mayo de 2017, se designó a la señora economista Rocío ESPINO GOICOCHEA, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II de la Dirección General Previsional de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa; ( ... ) DEBE DECIR: ( ... ) Que, mediante Resolución Ministerial N° 703-2017DE/, del 31 de mayo de 2017, se designó a la señora economista Rocío ESPINO GOYCOCHEA, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II de la Dirección General Previsional de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa. ( ... ) EN LA PARTE RESOLUTIVA DICE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la señora economista Rocío ESPINO GOICOCHEA, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II de .la Dirección General Previsional de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa, dándosele las gracias por los servicios prestados. ( ... ) DEBE DECIR: ( ... ) Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la señora economista Rocío ESPINO GOYCOCHEA, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II de la Dirección General Previsional de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa; dándosele las gracias por los servicios prestados. ( ... ) 1607809-1

Gastos de traslado ­ Ida y Vuelta (Equipaje, bagaje e instalación) US $ 5,623.26 x 02 x 01 persona = US $ 11,246.52

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 5,623.26 x 11 meses x 01 persona Total a pagar = US $ 61,855.86 ------------------------= US $ 74,002.38

Artículo 3.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 4.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El personal designado está impedido

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