Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2018 (20/01/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

20
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Sábado 20 de enero de 2018 /

El Peruano

Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece que el Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico - normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 1 del artículo 136 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, el numeral 2 del citado artículo, indica que el fedatario tiene la labor personalísima de comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fidelidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregarlos como prueba. También puede, a pedido de los administrados, certificar firmas previa verificación de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario; Que, asimismo, el artículo 137 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, dispone que cada entidad tiene la facultad para realizar autenticaciones atribuidas a los fedatarios, lo cual no afecta la potestad administrativa de las autoridades para dar fe de la autenticidad de los documentos que la misma entidad haya emitido; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, el cual determina las áreas programáticas de acción y regula las competencias, funciones y estructura orgánica del INACAL; Que, conforme a lo dispuesto en la normativa citada, no existe limitación en cuanto al número de fedatarios con que puede contar una entidad, debiendo designarse a los mismos en directa proporción a las necesidades del servicio y la factibilidad para superar contingencias que impidan a los fedatarios institucionales cumplir sus encargos con eficiencia y oportunidad; Que, a través de la Nota N° 001-2018-INACAL/DA, la Dirección de Acreditación solicita la designación de un fedatario, por lo que a fin de atender diversos trámites y servicios que la Dirección brinda, corresponde emitir la resolución a través de la cual se designe a la persona que asumirá dicho encargo; Con las visaciones de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; y el Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorporar como fedatario del Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, a partir de la fecha, al señor Daniel Alejandro Liñán Gambini, quien actuará como fedatario de la Dirección de Acreditación. Artículo 2.- El Fedatario designado en el artículo 1 de la presente resolución desempeñará su labor ad honorem y en adición a sus funciones.

Artículo 3.- El fedatario designado queda obligado a llevar un registro de los documentos que autentique en el ejercicio de sus funciones. Artículo 4.- Publíquese la presente resolución en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Calidad (www. inacal.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. SANDRA RAMOS FLORES Presidenta Ejecutiva (e) Instituto Nacional de Calidad 1608330-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0034/RE-2018 Lima, 17 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, el 26 de octubre de 2017, se llevó a cabo la III Reunión de Cancilleres de los países firmantes de la Declaración de Lima, en la ciudad de Toronto, Canadá; Que, en dicha Reunión se reafirmó el compromiso de continuar con el seguimiento de la situación en Venezuela, y con ese fin, se acordó una IV Reunión en la ciudad de Santiago, República de Chile, la que se llevará a cabo el 23 de enero de 2018; Que, se estima importante la participación del Director General de América y del Jefe del Despacho Ministerial en la IV Reunión del Grupo de Lima, a realizarse el 23 de enero de 2018, en la ciudad de Santiago, República de Chile, así como en las reuniones de trabajo previas, a fin de dar el debido seguimiento diplomático y político al tema; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N.° 24, del Despacho Ministerial, de 15 de enero de 2018; y el Memorándum (OPR) N.° OPR00020/2018, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 16 de enero de 2018, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y, la Ley N.º 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los siguientes funcionarios diplomáticos a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 22 al 23 de enero de 2018, para participar en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando la salida del país del 21 al 23 de enero de 2018: · Embajador en el Servicio Diplomático de la República Hugo Claudio De Zela Martínez, Director General de América; y, · Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Manuel Domingo Boza Orozco, Jefe del Despacho Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.