Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2018 (23/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Martes 23 de enero de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Aprueban Reglamento para el uso temporal de retiro municipal
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-2018-MDR Rímac, 15 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales promueven el Desarrollo Económico Local y la prestación de los servicios públicos de su competencia, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, conforme lo establece el artículo 195º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante Ordenanza Nº 526-2017-MDR publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 13 de enero de 2018, se regula el uso temporal del retiro municipal con fines comerciales en el distrito; Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 526-2017-MDR, indica que el Reglamento para el uso temporal del retiro municipal será aprobado mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 340-2017-SGOPC-GDUMDR de fecha 19 de diciembre de 2017 la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, señala que con el fin de mejorar el ornato del distrito, proponen que los retiros municipales pueden ser acondicionados para uso temporal; para ello adjuntan el Reglamento, la misma que contiene las disposiciones técnicas y mobiliario autorizado en el área de retiro aprobado; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º inc. 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el uso temporal de retiro municipal contenido en el Anexo 2, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto y cuyo texto íntegro será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munirimac.gob.pe). Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Económico Local y a la Gerencia de Fiscalización Administrativa, el cumplimiento del presente Decreto en lo referente a su competencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1608782-1

Que, mediante Ordenanza Nº 519-2017-MDR, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 30 de noviembre de 2017, se aprueban beneficios para el pago de deudas tributarias en el distrito del Rímac; asimismo, la cuarta disposición transitoria y final de la referida norma faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias para su adecuada aplicación, así como su prórroga o suspensión de ser el caso. Que, mediante Ordenanza Nº 513-MDR, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 20 de diciembre de 2017, se aprobaron los montos de los Arbitrios Municipales para el período 2018; asimismo, la primera disposición final y complementaria de la referida norma faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para su debida aplicación, así como para la prórroga de los plazos establecidos. Que, de acuerdo a lo señalado en el Memorando del visto, se considera necesario prorrogar el beneficio aprobado en la Ordenanza Nº 519-2017-MDR, a fin de promocionar el pago voluntario de las obligaciones tributarias y de los Arbitrios Municipales del mes de enero del presente ejercicio fiscal. Estando las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6º del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2018, el plazo de vencimiento dispuesto en el artículo 4º de la Ordenanza Nº 519-2017-MDR. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 28 de febrero de 2018, el plazo de vencimiento dispuesto para el pago de los Arbitrios Municipales del mes de enero del ejercicio 2018. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Rentas y sus unidades orgánicas que la componen el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Informática el cumplimiento y publicación en la página web de la Municipalidad: www.munirimac. gob.pe y a la Gerencia de Imagen y Comunicación Social su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1608781-1

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 564-MSS, que establece disposiciones de facilitación para el saneamiento de edificaciones
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 01-2018-MSS Santiago de Surco, 19 de enero del 2018 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorando Nº 004-2018-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 008-2018-SGLH-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencia y Habilitación y el Informe Nº 023-2018-GAJMSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, que proponen prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 564-MSS, Ordenanza de Facilitación para el Saneamiento de Edificaciones; y

Prorrogan plazo de vencimiento dispuesto en el artículo 4° de la Ordenanza N° 5192017-MDR, que establece beneficios para el pago de deudas tributarias en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-MDR Rímac, 17 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC Visto, el Memorando Nº 010-2018-GR-MDR de la Gerencia de Rentas, mediante el cual solicita la prórroga del plazo de vencimiento dispuesto en el artículo 4º de la Ordenanza Nº 519-2017-MDR que establece beneficios para el pago de deudas tributarias en el distrito del Rímac; así como la prórroga del vencimiento de los Arbitrios Municipales del mes de enero del presente ejercicio fiscal.

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