Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2018 (23/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Martes 23 de enero de 2018 /

El Peruano

Regional, declarando de interés público dicho proceso. El Gobierno Regional, para facilitar el desarrollo de la ZF, conformará un Equipo Técnico, el cual brindara soporte y asesoramiento al Comité Técnico, cuando este se haya conformado. Que, el Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM, aprueba el Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica (ZEE), establece que los Gobiernos Regionales y locales son las encargadas de la ejecución de la Zonificación Ecológica y Económica dentro de sus respectivas jurisdicciones, asimismo el artículo 23º del citado decreto supremo estipula que una vez aprobada la ZEE, las diversas instituciones públicas en el ámbito nacional, regional y local, deberán utilizar de manera obligatoria la ZEE como instrumento de planificación y de gestión territorial. Que, mediante la Ordenanza Regional Nº0112013-CR/GR.MOQ se aprobó el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Moquegua, la misma que incorpora dos disposiciones complementarias, las cuales establecen que el ROF seguirá implementándose de manera progresiva en el periodo de dos años a partir de la vigencia de la glosada Ordenanza; la misma que fue publicada en el Diario Oficial Peruano el 01 de mayo del 2014; por tanto en mérito al ROF vigente en su artículo 71, numeral 5) son funciones de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental el otorgamiento de la certificación ambiental los proyectos de inversión públicos y privados de competencias Regional son funciones de la Gerencia regional, de igual forma el numeral 14 del artículo 69 establece que son funciones de dicha Gerencia. Que, con Informe Nº 04-2017-NAHZ-RP-GRRNA/ GRM, del 17 de Octubre del presente, la Gerencia de Recursos Naturales, presenta el Informe Técnico con el que solicita declarar de Interés Regional la elaboración y aplicación de la Zonificación y Ordenamiento Forestal, así como la conformación del Equipo Técnico. Que, con Informe Nº 089-2017-GRM/ORAJ-EVM, del 31 de octubre del presente, la Oficina Regional Asesoría Jurídica emite la opinión Legal, donde concluye que está enmarcada dentro ele las normas pertinentes, observa la debida formalidad, en tanto proyecto, se sustenta de los antecedentes y opinión técnico, para su evaluación en la Comisión correspondiente, cuyo dictamen debe ser sometido al pleno del Consejo Regional para su aprobación o desaprobación. Que, de conformidad al Dictamen Nº 001-2017CRNGMACCDC/GRM, de fecha 04 de Diciembre del 2017, presentado por la Comisión de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente Cambio Climático y Defensa Civil, previo análisis, concluye que se apruebe mediante Ordenanza Regional Declarar de Interés Regional la Elaboración y Aplicación de la Zonificación y Ordenamiento Forestal de la Región Moquegua; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º inciso a) de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM; el Consejo Regional de Moquegua, con el voto por unanimidad de sus miembros y con la dispensa del trámite de aprobación del acta ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Regional la "Zonificación y Ordenamiento Forestal en la Región de Moquegua". Artículo Segundo.- CONFORMAR el Equipo Técnico para facilitar el desarrollo de la Zonificación y Ordenamiento Forestal el mismo que estará conformado como sigue:
Equipo Técnico de la Región Moquegua Gerencia de SIRECOM Recursos Naturales y SUB GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL Ambiente Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial OFICINA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL OFICINA DE PLANEAMIENTO OFICINA DE PRESUPUESTO Y HACIENDA

DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN AGRARIA Sub Gerencia Gestión Ambiental OFICINA DE PLANIFICACIÓN OFICINA DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE LA PROPIEDAD AGRARIA DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN AGRARIA Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo Proyecto Especial Regional Pasto Grande SUB GERENCIA DE TURISMO

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Naturales y Ambiente en coordinación con la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, la conformación del Comité Técnico mismo que debe aprobarse y oficializarse mediante Resolución Ejecutiva Regional de conformidad a la Guía Metodológica de Zonificación. Artículo Cuarto.- Publicar y Difundir la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Web del Gobierno Regional de Moquegua: www. regionmoquegua.gob.pe. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación. En Moquegua, a los 13 días del mes de diciembre del dos mil diecisiete. LEONEL ELOY VILLANUEVA TICONA Consejero Delegado Accesitario Gobierno Regional de Moquegua POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Moquegua, a los quince días del mes de diciembre del dos mil diecisiete. JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA Gobernador Regional 1608788-2

Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Moquegua
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2017-CR/GRM 21 de diciembre de 2017 VISTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en la Décima Segunda Sesión Ordinaria de fecha siete de Diciembre del año dos mil diecisiete, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta aprobó Modificar el Reglamento de Organización y Funciones ROF del Gobierno Regional de Moquegua. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su modificatoria la Ley Nº 27902, establece que: "Los Gobiernos Regionales, que emanen de la voluntad popular son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica, administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal".

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