Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2018 (23/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Martes 23 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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del Concejo Distrital de San Juan de Chacña y, de esta manera, complete el periodo municipal 2015-2018. 2. Sin embargo, la ciudadana acreditada como regidora no asistió al acto de juramentación, pese a encontrarse notificada (fojas 66). Adicionalmente a ello, ha expresado que se encuentra mal de salud, razón por la cual realiza frecuentes viajes a la ciudad de Lima, lo cual le impediría realizar las funciones propias del cargo. 3. Por lo que, atendiendo a que dicha ciudadana no ha realizado el acto de juramentación en el cargo de regidora de la citada comuna, debe entenderse que el alcalde solicita se declare la nulidad de su proclamación y se proceda a la convocatoria del candidato no proclamado que corresponda. 4. Teniendo en cuenta lo antes señalado, resulta necesario que este colegiado electoral adopte las medidas correspondientes a efectos de garantizar el normal desarrollo de las labores del Concejo Distrital de San Juan de Chacña, por lo que corresponde dejar sin efecto la credencial concedida a Marcelina Alarcón Contreras para que ejerza el cargo de regidora de la citada comuna, en el periodo 2015-2018. 5. En ese sentido, debe aplicarse, supletoriamente, lo previsto en el artículo 35 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, que establece que, para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales, se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 6. Por consiguiente, en el presente caso, corresponde convocar a Maximiliano Espinoza Cuaresma, identificado con DNI N° 44891501, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Independiente Fuerza Campesina Regional, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Juan de Chacña, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac. 7. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 27 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Abancay, con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Marcelina Alarcón Contreras, identificada con DNI N° 31356743, como regidora del Concejo Distrital de San Juan de Chacña, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Maximiliano Espinoza Cuaresma, identificado con DNI N° 44891501, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Independiente Fuerza Campesina Regional, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Juan de Chacña, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac a fin de que complete el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Matahuasi, provincia de Concepción, departamento de Junín
RESOLUCIÓN N° 0555-2017-JNE Expediente N° J-2017-00406-C01 MATAHUASI - CONCEPCIÓN - JUNÍN CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiséis de diciembre de dos mil diecisiete. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Víctor Hugo Maldonado Indigoyen, alcalde de la Municipalidad Distrital de Matahuasi, provincia de Concepción, departamento de Junín, recibida el 6 de octubre de 2017, debido a que el concejo distrital declaró la vacancia de la regidora Maleni Miyoshi Alfaro Alcocer, por la causal de inasistencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES El 14 de agosto de 2017, Patricia Villanueva de Torres, identificada con DNI N° 20440636, solicitó la vacancia de la regidora Maleni Miyoshi Alfaro Alcocer, por la causal de inasistencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Posteriormente, mediante Oficio N° 0242-2017-A-MDM, recibido el 6 de octubre de 2017, Víctor Hugo Maldonado Indigoyen, alcalde de la Municipalidad Distrital de Matahuasi, informó a este órgano electoral que, mediante Acuerdo de Concejo N° 05-2017-CM-MDM, el concejo distrital declaró fundada la solicitud de vacancia presentada en contra de la regidora Maleni Miyoshi Alfaro Alcocer, por incurrir en la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, debido a que no asistió a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas. Al respecto, mediante Resolución N° 0427-A-2017JNE, notificada el 21 de noviembre del presente año (fojas 41 a 43), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró nulo el acto de la notificación del Acuerdo de Concejo N° 05-2017-CM-MDM, dirigido a Maleni Miyoshi Alfaro Alcocer, debido a que no se observaron las formalidades y requisitos legales previstos en el artículo 21 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, LPAG). Asimismo, requirió a Víctor Hugo Maldonado Indigoyen, alcalde de la Municipalidad Distrital de Matahuasi, para que, en el plazo de tres (3) días hábiles, más el término de la distancia, cumpla con notificar a la autoridad afectada con la copia certificada del Acuerdo de Concejo N° 05-2017-CM-MDM, de fecha 5 de setiembre de 2017, que aprobó la solicitud de vacancia, respetando las formalidades y requisitos legales previstos en el artículo 21 de la LPAG. Es así que, mediante Oficio N° 0320-2017-A-MDM, recibido el 21 de diciembre de 2017 (fojas 48), Víctor Hugo Maldonado Indigoyen, alcalde de la Municipalidad Distrital de Matahuasi, remitió a este órgano electoral, en copias certificadas, el cargo de la notificación del Acuerdo de Concejo N° 05-2017-CM-MDM, y la constancia que declara consentido dicho acuerdo. CONSIDERANDOS

RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1608800-1 1. Conforme con el artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara el concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de

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