Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2018 (09/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 9 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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Mera Gómez, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en la "FERIA BIOFACH 2018", a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos (US $ 540,00 x 06 días) : US $ 2 360.90 : US $ 3 240.00

de Zavala de Romaña y José Francisco Martín Perla Anaya, al cargo de miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP; dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a los señores Rosa Estela Bueno Mera, Mariela Patricia Béjar Castañeda y Carlos Becerra Gutiérrez, como miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura 1615368-5

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Teresa Stella Mera Gómez, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- Encargar al señor Edgar Manuel Vásquez Vela, Viceministro de Comercio Exterior, las funciones de la Dirección de Gestión y Monitoreo de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior ­ DGMOCEX, a partir del 09 al 16 de febrero de 2018, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1615001-1

Disponer el ingreso libre al Museo de Sitio de Pachacamac el 15 de febrero de 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2018-MC Lima, 8 de febrero de 2018 VISTO, el Informe Nº 000012-2018/MSPAC/ DGM/VMPCIC/MC de la Directora del Museo de Sitio Pachacamac; el Informe Nº 000023-2018/DGM/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Museos; y, CONSIDERANDO:

CULTURA
Designan miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2018-MC Lima, 8 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 003-2015PCM de fecha 8 de enero de 2015, se designó al señor José Francisco Martín Perla Anaya como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP; habiendo sido ratificado en el mismo, a través de la Resolución Suprema N° 006-2017MC de fecha 12 de abril de 2017; Que, a través de la mencionada Resolución Suprema N° 006-2017-MC se designó, entre otros, a los señores Alberto José Cabello Ortega y Pedro José de Zavala de Romaña, como miembros del Consejo Directivo del IRTP; Que, los señores Alberto José Cabello Ortega, Pedro José de Zavala de Romaña y José Francisco Martín Perla Anaya han formulado renuncia al cargo que venían desempeñando; por lo que corresponde designar a quienes ocuparán los mencionados cargos, a fin de garantizar el normal funcionamiento de dicha institución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2001-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por los señores Alberto José Cabello Ortega, Pedro José

Que, de conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7 de la Ley antes citada, el Ministerio de Cultura tiene como función exclusiva respecto a otros niveles de gobierno, propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, de acuerdo con el numeral 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, le corresponde fomentar y promover las artes, las expresiones y creaciones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, promoviendo el acceso a estas manifestaciones culturales, las iniciativas privadas y propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 5042017-MC de fecha 26 de diciembre de 2017, se aprobó el Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2018, el cual contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso, entre otros, al Museo de Sitio Pachacamac; Que, el artículo 34 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece que con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados períodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o al órgano regional competente para su difusión;

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