Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2018 (18/02/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 18 de febrero de 2018 /

El Peruano

empadronamiento de productor de papa blanca" remitidas por la DRAs/GRAs, a la DZ AGRO RURAL del ámbito de acción, según el cronograma descrito en el literal anterior, hasta agotar los recursos asignados porcentualmente, de acuerdo al volumen de producción excedente de papa blanca. 2.2.2. De la verificación de la "Ficha de Empadronamiento de Productor de Papa" y sistematización del "Padrón de Productores de Papa Aptos" a. La DZ­AGRO RURAL verificará en el RENIEC y SUNAT que los datos del productor, nombres y apellidos completos, N° de DNI, y RUC de corresponder, indicados en la "Ficha de Empadronamiento de Productor de Papa", se encuentren correctamente consignados. b. Luego de cumplir con lo señalado en el literal precedente, la DZ­AGRO RURAL, procederá a elaborar el "Padrón de Productores de Papa Aptos", conforme al formato que en Anexo 01 forma parte del presente documento. 2.2.3. Del procedimiento para la adquisición de papa blanca En cumplimiento de lo señalado en el numeral precedente, la DZ­AGRO RURAL procederá a: a. Suscribir el "Acuerdo de Adquisición de Papa", (Anexo 02), forma parte del presente documento, el que detallará las condiciones del mismo. b. Publicar el cronograma de adquisición y recepción de papa, a través de los medios necesarios para su efectiva difusión. La adquisición y entrega de la papa deberá realizarse en una sola oportunidad y en la fecha señalada en el "Acuerdo de Adquisición de Papa". 2.2.4. De la recepción de la papa blanca por parte de la DZ ­ AGRO RURAL En la fecha de entrega acordada en el "Acuerdo de Adquisición de Papa", la DZ ­ AGRO RURAL procederá a verificar: i) Las características técnicas de la papa, las cuales serán verificadas de manera aleatoria en una muestra no menor del uno por ciento (1%) del volumen entregado, corroborado a través del registro fotográfico. ii) El peso en kilogramos y número de sacos. El peso de la papa será acreditado con el ticket de la balanza de plataforma señalada por la DZ ­ AGRO RURAL, que contenga información sobre la identificación del productor, fecha y hora; o en caso de existir otro tipo de balanza, el peso y número de sacos será acreditado con la "Constancia de Acreditación de Peso", que será suscrita por el productor conjuntamente con la DZ ­ AGRO RURAL, y que en Anexo 03 forma parte del presente Lineamiento. iii) El punto determinado de entrega será establecido por la DZ ­ AGRO RURAL. iv) Una vez verificada la recepción del producto, el productor deberá emitir la Factura, Boleta de Venta; o en su caso, la DZ­AGRO RURAL emitirá la Liquidación de Adquisición según corresponda. v) Solo se recibirán aquellos productos que cumplan con las características técnicas señaladas en el presente Lineamiento, quedando bajo responsabilidad del productor todos los gastos en los que hubiera incurrido. 2.2.5. De la donación de la papa adquirida a. Recibido el producto, las DZ ­ AGRO RURAL donarán la papa, cumpliendo las condiciones establecidas en el numeral 2.1 del rubro II del presente Lineamiento, referente al "Donatario". b. Los Donatarios deberán suscribir la "Constancia de Entrega y Recepción de Donación", que en Anexo 04 forma parte integrante de los Lineamientos.

2.2.6. Del cumplimiento, monitoreo y seguimiento a. AGRO RURAL, es responsable del cumplimiento de lo dispuesto en el DU y en el presente documento, y del monitoreo de las acciones antes descritas, para lo cual podrá establecer actos de administración interna e instruir sobre la ejecución de acciones que considere pertinentes. b. La DGA, efectuará el seguimiento de lo dispuesto en el DU y del presente Lineamiento, para lo cual deberá coordinar sus acciones con AGRO RURAL. c. Adicionalmente a lo señalado en el segundo párrafo del artículo 3 del DU, AGRO RURAL elaborará un Informe de Cierre sobre las acciones realizadas en el marco del DU y el presente Lineamiento, el cual será presentado al Despacho Ministerial del MINAGRI, el que incluirá las adquisiciones de papa, así como las donaciones realizadas. 2.2.7. Del Expediente Cada expediente deberá contener: 1. DNI del productor. 2. RUC del productor, de corresponder. 3. Ficha de Empadronamiento de Productor de Papa. 4. Ticket de la balanza o "Constancia de acreditación de peso" (Anexo N° 3), de corresponder. 5. Acuerdo de Adquisición de papa (Anexo N° 2). 6. Comprobante de pago (factura, boleta o liquidación de adquisición). 7. Anexo 04: "Constancia de Entrega y Recepción de Donación" 2.3. FALSEDAD DE INFORMACIÓN De verificar la falsedad de algún documento presentado por el productor, AGRO RURAL comunicará a la Procuraduría Pública del MINAGRI para el inicio a las acciones legales a que hubiera lugar; quedando automáticamente obligados, tanto productor, a devolver el íntegro del monto que hubiera recibido. Asimismo, de verificarse irregularidades por parte de las entidades e instituciones a cargo del empadronamiento, de la verificación y de la elaboración de los padrones; y, en cualquier etapa del proceso, AGRO RURAL comunicará a la Procuraduría Pública del MINAGRI para que inmediatamente inicie las acciones legales que correspondan. 2.4. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La adquisición de papa blanca por parte de las DZ- AGRO RURAL, deberá concluir en el plazo establecido en el artículo 4 del DU. Segunda.- De ser necesario, las DZ ­ AGRO RURAL coordinarán con los Gobiernos Locales y Regionales para la implementación del presente Lineamiento. Tercera.- Entiéndase como "Cantidad Entregada" la cantidad indicada en el ítem "DATOS DE LOS PREDIOS DONDE SE SEMBRÓ" del Anexo I "FICHA DE EMPADRONAMIENTO DE PRODUCTOR DE PAPA" contenido en los Lineamientos para la implementación del Decreto de Urgencia N° 001-2018, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0020-2018-MINAGRI, referida a la cantidad estimada por entregar. 2.5. ANEXOS - Anexo 01: "Padrón de Productores de Papa Aptos". - Anexo 02 "Acuerdo de Adquisición de Papa" - Anexo 03: "Constancia de Acreditación de Peso" - Anexo 04: "Constancia de Entrega y Recepción de Donación"

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