Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2018 (21/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Miércoles 21 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante documento OF.RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/10, de fecha 26 de enero de 2018, la Ministra de Relaciones Exteriores pone a conocimiento de la Ministra de la Producción, la realización del Encuentro Presidencial y VI Gabinete Binacional de Ministros Perú ­ Colombia, el cual se llevará a cabo en la ciudad de Popayán, departamento del Cauca, República de Colombia, el día 27 de febrero de 2018; el cual estará precedido de reuniones preparatorias de carácter técnico que tendrán lugar el día 26 de febrero de 2018, en la mencionada ciudad; Que, con el documento OF.RE (DGA) N° 22-6-BB/13, de fecha 01 de febrero de 2018, el Director General de América del Ministerio de Relaciones Exteriores señala que el Gobierno colombiano ha trasladado la sede del mencionado evento a la ciudad de Cartagena de Indias; Que, mediante Memorando N° 00284-2018-PRODUCE/ OGPPM, la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° 026-2018-PRODUCE/OGPPM-OCTAI, en el cual la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales manifiesta su conformidad respecto a la participación del sector en los mencionados eventos, toda vez que permitirá dinamizar la agenda compartida, armonizar las políticas bilaterales e impulsar la cooperación sectorial en beneficio de ambos países; la misma que se plasmará en la aprobación de la Declaración Presidencial y el Plan de Acción que recoge nuevos compromisos, lo cual guarda concordancia con los objetivos institucionales, entre los cuales tenemos: "incrementar la productividad de las empresas con énfasis en la MYPE; fortalecer la capacidad de innovación y emprendimiento en las actividades económicas del sector producción; impulsar el desarrollo integral de la actividad acuícola; entre otros; recomendando la participación del señor Walter Ramón Quispe Terán, Director de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Que, de acuerdo a lo señalado mediante comunicación electrónica de fecha 16 de febrero de 2018, el señor Walter Ramón Quispe Terán será trasladado al lugar de las citadas reuniones en un avión de la Fuerza Aérea Peruana; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, señalan que la Resolución de autorización de viajes al exterior debe sustentarse en el interés nacional o el interés específico institucional; y que las autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgan por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Walter Ramón Quispe Terán, Director de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, del 25 al 27 de febrero de 2018, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; Con las visaciones de la Secretaria General y de los Directores Generales de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-

PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial N° 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Walter Ramón Quispe Terán, Director de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, del 25 al 27 de febrero de 2018, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo al presupuesto 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos por 3 días US$ 370,00 por día (2+1 día por concepto de instalación) 1,110.00

Nombres y apellidos Walter Ramón Quispe Terán

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario autorizado en el artículo 1 debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIENEKE MARÍA SCHOL CALLE Ministra de la Producción 1618736-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 072-2018-PRODUCE Lima, 20 de febrero de 2018 VISTOS: Los documentos OF.RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/10 y OF.RE (DGA) N° 22-6-BB/13 de fechas 26 de enero y 01 de febrero de 2018, respectivamente, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Informe N° 002-2018-PRODUCE/DVMYPE-I/DGITDF/DDFegalvan, de la Dirección de Digitalización y Formalización de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización; el Informe N° 02-2018-PRODUCE/DAM/mrivero de la Dirección de Articulación de Mercados de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Informe N° 30-2018-PRODUCE/ OGPPM-OCTAI, de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 044-2018-PRODUCE/DGPARPA-DPO de la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Informe N° 093-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 220-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento OF.RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/10, de fecha 26 de enero de 2018, la Ministra

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