Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2018 (21/02/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Miércoles 21 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

29

autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Ingeniero Víctor Luis Mérida Ávila, profesional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, a las ciudades de Beijing, Shandong y Ningbo, República Popular China, del 02 al 11 de marzo de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje Viáticos por 09 días aéreo US$ 500.00 por día (7+2 (Incluido días por concepto de TUUA) US$ instalación y traslado) 3,808.00 4,500.00

la Dirección de Habilitaciones y Certificaciones Pesqueras y Acuícolas y el Informe Nº 022-2018-SANIPES/OA de la Oficina de Administración del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, y el Informe Nº 218-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento OF.RE (PCO) Nº 2-12-B/30 de fecha 19 de enero de 2018, la Dirección de Promoción Comercial del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica al Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, la solicitud de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena de la República Popular China ­ AQSIQ de reprogramar la auditoría que se llevaría a cabo el 19 de enero del 2018, en el mencionado país; Que, con el Oficio Nº 057-2018-SANIPES/DE, de fecha 22 de enero de 2018, el Director Ejecutivo (e) del SANIPES propone que la auditoría se programe para el día 05 de marzo de 2018; Que, por Informe Nº 012-2018-SANIPES/DHCPA, la Directora de Habilitaciones y Certificaciones Pesqueras y Acuícolas del SANIPES señala que el mencionado viaje de auditoría al Sistema de Control Oficial de AQSIQ es importante, toda vez que se verificarán las condiciones, el sistema de gestión de aseguramiento de la inocuidad del proceso de todo el flujo productivo de conservas de pescado y las acciones correctivas llevadas a cabo por parte del AQSIQ a las empresas productoras para brindar garantías satisfactorias en una eventual reapertura de mercado a nuestro país; recomendándose la participación de los Ingenieros Hermenegilda Gloria Fuentes Vicente y Jorge Lauro Ramírez Córdova, profesionales del SANIPES; Que, mediante Informe Nº 022-2018-SANIPES/OA, el Jefe de la Oficina de Administración del SANIPES señala que la auditoría a llevarse a cabo en las ciudades de Beijing, Shandong y Ningbo, República Popular China, se realizará dados los recientes sucesos de alerta sanitaria internacional con la República Popular China, por lo que resulta prioritaria la gestión internacional que permita actualizar las acciones, procedimientos, normas y similares que ayuden a mejorar las condiciones de importación y exportación de recursos hidrobiológicos con fines de consumo humano, a fin de verificar el cumplimiento de las normas sanitarias y garantizar la sanidad e inocuidad en toda la cadena productiva de los productos que se comercializan en el país desde su procedencia, lo cual se encuentra en concordancia con las funciones del SANIPES establecidas en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE; Que, asimismo, la citada Oficina de Administración señala que los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos que irrogue la comisión de servicios a realizarse

Nombres y apellidos Víctor Luis Mérida Ávila

TOTAL US$ 8,308.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado profesional debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIENEKE MARÍA SCHOL CALLE Ministra de la Producción 1618736-5 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2018-PRODUCE Lima, 20 de febrero de 2018 VISTOS: el documento OF.RE (PCO) Nº 2-12-B/30 de fecha 19 de enero de 2018 del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Informe Nº 012-2018-SANIPES/DHCPA de

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.