Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2018 (21/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 21 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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cargo al Presupuesto Institucional del año 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos por 3 días Pasaje aéreo US$ 370,00 por (Incluido TUUA) día (2 +1 día por US$ concepto de instalación) 1,189.0255 1,189.0255 1,189.0255 1,189.0255 1,110.00 1,110.00 1,110.00 1,110.00

Nombres y apellidos

Total US$

Katia Leonor Samanamud Pinedo Carlos Elard Pimentel Zúñiga Ofelia Rubi Rojas Zavaleta Pilar Angélica Rodríguez Pinto

2,229.0255 2,229.0255 2,229.0255 2,229.0255

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios y la profesional autorizada en el artículo 1 deberán presentar al Titular de la Entidad, cada uno, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIENEKE MARÍA SCHOL CALLE Ministra de la Producción 1618736-3

Autorizan viajes de profesionales de SANIPES a República Popular China, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 073-2018-PRODUCE Lima, 20 de febrero de 2018 VISTOS: el documento OF.RE (PCO) Nº 2-12-B/30 de fecha 19 de enero de 2018 del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Informe Nº 033-2018-SANIPES/DSFPA de la Dirección de Supervisión y Fiscalización Pesquera y Acuícola y el Informe Nº 023-2018-SANIPES/OA de la Oficina de Administración del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, y el Informe Nº 217-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento OF.RE (PCO) Nº 2-12-B/30 de fecha 19 de enero de 2018, la Dirección de Promoción Comercial del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica al Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, la solicitud de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena de la República Popular China ­ AQSIQ de reprogramar la auditoría que se llevaría a cabo el 19 de enero del 2018, en el mencionado país; Que, con el Oficio Nº 057-2018-SANIPES/DE, de fecha 22 de enero de 2018, el Director Ejecutivo (e) del SANIPES propone que la auditoría se programe para el día 05 de marzo de 2018; Que, por Informe Nº 033-2018-SANIPES/DSFPA, la Directora (e) de Supervisión y Fiscalización Pesquera y Acuícola del SANIPES señala que el mencionado viaje de auditoría al Sistema de Control Oficial de AQSIQ es importante, toda vez que a la fecha se mantiene la alerta sanitaria sobre las conservas de pescado certificadas

por la AQSIQ, situación que se considera como una emergencia vinculada a la inocuidad de los alimentos; para lo cual el SANIPES ha elaborado el "Plan de Auditoría a la Administración General de Calidad y Supervisión, Inspección y Cuarentena de la República Popular China (AQSIQ)", el cual servirá para identificar las fallas en el proceso de producción, supervisión, vigilancia, entre otros, que permitirá verificar las acciones correctivas llevadas a cabo por parte de la autoridad sanitaria china en su sistema de vigilancia sanitaria y a las empresas productoras, para brindar garantías satisfactorias en una eventual reapertura de mercado a nuestro país; recomendándose la participación de las señoras Ingenieras Teresa Isabel Amaya Carranza y Paola Yngrid Valderrama Benavente, profesionales del SANIPES; Que, mediante Informe Nº 023-2018-SANIPES/OA, el Jefe de la Oficina de Administración del SANIPES señala que la auditoría a llevarse a cabo en las ciudades de Beijing, Shandong y Ningbo, República Popular China, se realizará dados los recientes sucesos de alerta sanitaria internacional con la República Popular China, por lo que resulta prioritaria la gestión internacional que permita actualizar las acciones, procedimientos, normas y similares que ayuden a mejorar las condiciones de importación y exportación de recursos hidrobiológicos con fines de consumo humano, a fin de verificar el cumplimiento de las normas sanitarias y garantizar la sanidad e inocuidad en toda la cadena productiva de los productos que se comercializan en el país desde su procedencia, lo cual se encuentra en concordancia con las funciones del SANIPES establecidas en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE; Que, asimismo, la citada Oficina de Administración señala que los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos que irrogue la comisión de servicios a realizarse del 02 al 11 de marzo de 2018, serán asumidos con cargo al Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, señalan que la Resolución de autorización de viajes al exterior debe sustentarse en el interés nacional o el interés específico institucional; y que para las autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgan por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, por las consideraciones expuestas y atendiendo a lo sustentado en los documentos del visto, resulta de interés institucional, autorizar el viaje de las señoras Ingenieras Teresa Isabel Amaya Carranza y Paola Yngrid Valderrama Benavente, profesionales del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, a las ciudades de Beijing, Shandong y Ningbo, República Popular China, del 02 al 11 de marzo de 2018, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; Con las visaciones de la Secretaría General y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución

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