Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2018 (25/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 25 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, la Unidad Ejecutora constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades y organismos del Sector Público, con el cual se vinculan e interactúan los órganos rectores de la Administración Financiera del Sector Público; asimismo, señala que para efectos de la citada Ley, se entenderá como Unidad Ejecutora, a aquella dependencia orgánica que cuenta con un nivel de desconcentración administrativa que determine y recaude ingresos; contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la legislación aplicable; registra la información generada por las acciones y operaciones realizadas; informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas; recibe y ejecuta desembolsos de operaciones de endeudamiento; y/o se encarga de emitir y/o colocar obligaciones de deuda; Que, los Responsables de las Unidades Ejecutoras deberán velar, en el ámbito de sus competencias, por la correcta aplicación de las normas que rigen la gestión de los sistemas de la administración financiera del sector público, para el logro de los objetivos y metas previstas en el Plan Operativo Institucional (POI) 2018 y el Presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación correspondiente al Año Fiscal 2018; Que, asimismo los Responsables de las Unidades Ejecutoras deberán suscribir y remitir los informes correspondientes a la Evaluación Presupuestal Semestral del Año Fiscal 2018 y Evaluación Presupuestal Anual de los Años Fiscales 2017 y 2018, dentro de los plazos establecidos en las disposiciones internas que se emitan, en concordancia con las normas dictadas por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este marco, mediante Resolución Ministerial N° 016-2018-MINEDU se designa a los Responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2018; Que, se ha visto por conveniente modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 016-2018-MINEDU, a fin de designar como nuevo Responsable de la Unidad Ejecutora 116: Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú al/a la Secretario(a) General del Ministerio de Educación; Que, asimismo, resulta necesario facultar al/a la Jefe(a) de la Oficina General de Administración, al/a la Jefe(a) de la Oficina General de Recursos Humanos y al/a la Jefe(a) de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, realicen las acciones necesarias para la ejecución de las actividades contempladas en la Unidad Ejecutora 116: Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú; De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 016-2018-MINEDU, bajo el siguiente contexto: "Artículo 1.- Designar a los Responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2018, conforme se indica a continuación: UNIDAD RESPONSABLE DE DESCRIPCIÓN EJECUTORA UNIDAD EJECUTORA (...) (...) (...) Colegio Mayor Secundario 116 Secretario (a) General "Presidente del Perú" (...) (...) (...)

Artículo 2.- Facultar al/a la Jefe(a) de la Oficina General de Administración, al/a la Jefe(a) de la Oficina General de Recursos Humanos y al/a la Jefe(a) de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación, a realizar las acciones necesarias para la ejecución de las actividades contempladas en la Unidad Ejecutora a la que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Resolución, en el ámbito de sus respectivas competencias. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego, dentro de los cinco (05) días siguientes a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1620030-3

INTERIOR
Otorgan la nacionalidad ciudadano argentino peruana a

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 014-2018-IN Lima, 23 de febrero de 2018 VISTOS; la solicitud presentada por el ciudadano argentino Daniel Andrés Ferreyra, peticionando el otorgamiento de Nacionalidad Peruana por Naturalización; el Informe N° 06-2018-MIGRACIONESSM-IN-N, de fecha 29 de enero de 2018, de la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones­MIGRACIONES; el Oficio N° 000120-2018-SM-MIGRACIONES, de fecha 1 de febrero de 2018, de la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; el Informe N° 000446-2018/IN/OGAJ, de fecha 9 de febrero de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1130, se creó la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, entidad que asume las funciones y competencias de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior ­ DIGEMIN, dentro de las cuales se encuentra el otorgar registro de nacionalidad peruana por nacimiento y opción; así como títulos de naturalización y doble nacionalidad, concordante con el literal t. del artículo 3° del Reglamento de Organización y funciones de MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN; Que, mediante el expediente administrativo N° LM170458528, la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, ha tramitado la solicitud del señor Daniel Andrés Ferreyra, ciudadano de nacionalidad argentina, quien peticiona se le conceda la Nacionalidad Peruana por Naturalización; Que, mediante Informe N° 06-2018-MIGRACIONESSM-IN-N, de fecha 29 de enero de 2018, la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones­MIGRACIONES, concluye que el ciudadano de nacionalidad argentina Daniel Andrés Ferreyra, cumplió con cada uno de los requisitos previstos en el artículo 3° de la Ley de Nacionalidad, Ley N° 26574, así como con el artículo 8° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 00497-IN, concordante con el Anexo 6) del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior en lo relativo a la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, respecto al procedimiento de Nacionalización por Naturalización;

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