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26 NORMAS LEGALES Domingo 25 de febrero de 2018 / El Peruano de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que intervenga en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 982,51 Viáticos US$ 670,00 TOTAL US$ 1652,51 Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 1618867-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de grado académico de bachiller en ciencias con mención en Ingeniería Geológica otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0158 Lima, 1 de febrero de 2018Visto el Expediente STDUNI N° 2017-138381 presentado por el señor JOSÉ LUIS AQUINO AQUINO quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Geológica; CONSIDERANDO:Que, el señor JOSÉ LUIS AQUINO AQUINO identi fi cado con DNI Nº 40181694 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Geológica; por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 202-2017-UNI/SG/GT de fecha 26.12.2017, precisa que el diploma del señor JOSÉ LUIS AQUINO AQUINO se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 11, página 347, con el número de registro 32467-B; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Nº 02-2018, realizada el 22 de enero del 2018, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Geológica al señor JOSÉ LUIS AQUINO AQUINO; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión ordinaria Nº 02 de fecha 26 de enero del 2018, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Geológica al siguiente egresado de la Universidad, anulándose el diploma otorgado anteriormente: N° Apellidos y Nombres Con mención enFecha de Otorgamiento del Diploma 1 AQUINO AQUINO, José Luis Ingeniería Geológica 01.06.2011 Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector 1619545-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo el acto de notificación de la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal N.° 01-2017 dirigido a regidor de la Municipalidad Distrital de La Pampa, provincia de Corongo, departamento de Áncash RESOLUCIÓN N.° 0073-2018-JNE Expediente N.° J-2017-00373-C01 LA PAMPA - CORONGO - ÁNCASH Lima, siete de febrero de dos mil dieciochoVISTO el estado del presente expediente, correspondiente al procedimiento de convocatoria de candidato no proclamado en mérito a la vacancia declarada de Celestino Ambrosio Anacleto de la Cruz, regidor de la Municipalidad Distrital de La Pampa, provincia de Corongo, departamento de Áncash, por la causal de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante el Auto N.° 1, del 8 de noviembre de 2017 (fojas 13 y 14), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones requirió al alcalde de la Municipalidad Distrital de La Pampa cumpla con presentar los documentos sustentatorios del procedimiento de vacancia seguido en contra de Celestino Ambrosio Anacleto de la Cruz, regidor de la citada municipalidad, con el fi n de continuar con la acreditación de candidato no proclamado. Sobre el particular, a través de los O fi cios N.° 058-2017-MDLP/G, del 13 noviembre de 2017 (fojas 15) y N.° 005-2018-MDLP/GM, del 1 de febrero de 2018 (fojas 41), José Luis Martínez Moreno, gerente de la Municipalidad Distrital de La Pampa remitió los documentos respecto del procedimiento de vacancia seguido en contra del referido regidor. CONSIDERANDOS1. De conformidad con el artículo 23 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. Al respecto, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones veri fi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento. 3. Al respecto, se debe tener presente que, de conformidad con lo previsto en el artículo 21, numerales