Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2018 (10/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 10 de julio de 2018
A LA:

NORMAS LEGALES
En Soles

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Nombran Vocal I del Tribunal Fiscal
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2018-EF Lima, 9 de julio de 2018 VISTO: La Nota N° 010-2018-EF/40.01 de la Presidenta del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre nombramiento de Vocal I de las Salas Especializadas del Tribunal Fiscal. CONSIDERANDO: Que, el artículo 99 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que los Vocales de las Salas Especializadas del Tribunal Fiscal se nombran y ratifican por Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo N° 180-2017-EF se aprobó el nuevo procedimiento para el nombramiento y ratificación de los vocales de las Salas Especializadas del Tribunal Fiscal y para el nombramiento de resolutores secretarios de atención de quejas y secretarios relatores de dicho Tribunal, el mismo que señala que en forma previa al nombramiento, entre otros, de los Vocales se efectuará un proceso de selección por concurso público de méritos, que estará a cargo de una Comisión conformada por un representante del Ministro de Economía y Finanzas, quien la presidirá y tendrá voto dirimente, el Presidente del Tribunal Fiscal, el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional más antigua y el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Privada más antigua; Que, mediante Resolución Ministerial N° 307-2017­ EF/10 se autorizó y aprobaron las Bases para el Concurso Público de Méritos para cubrir las siete (07) plazas vacantes de Vocal I, Categoría F-7 y las dos (02) plazas vacantes de Director de Programa Sectorial II ­ Secretario Relator, Categoría F-3, de las Salas Especializadas del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Carta N° 010-COMISION D.S.1802017-EF, la Comisión de Selección de Vocales y Secretarios Relatores del Tribunal Fiscal constituida en el marco del acotado Decreto Supremo, remite el Informe Final sobre el concurso público de méritos realizado, así como el cuadro de méritos correspondiente a cada puesto concursado, con los nombres de los postulantes que han obtenido mayor calificación para ocupar, entre otras, las siete (07) plazas de Vocal I; Que, mediante Resolución Suprema N° 013-2018-EF y Resolución Ministerial N° 169-2018-EF/43, que nombra a siete (7) Vocales y dos (2) Secretarios Relatores, respectivamente; Que, con fecha 04 de junio de 2018, se ha producido la vacancia de una plaza de Vocal I de las Salas Especializadas de dicho Tribunal, como consecuencia del cese por límite de edad de la señora Juana Estrella Pinto Valega de Aliaga; Que, el numeral 13.1 del artículo 13 del Decreto Supremo N° 180-2017-EF, establece que los postulantes que aprueben el proceso de selección y que no alcancen a cubrir las plazas vacantes, integrarán una Lista de Elegibles en estricto orden de mérito, cuya vigencia será de dos (2) años, a efectos de cubrir otras plazas vacantes de iguales características a la que postularon y que pudieran producirse en dicho período; Que, asimismo, el numeral 13.2 del acotado dispositivo legal señala que de verificarse la existencia de una plaza vacante, corresponderá que el Presidente del Tribunal Fiscal haga una actualización del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para el puesto vacante y que curse invitación al elegible de la lista que cumpla con todos los requisitos mínimos para el puesto, en estricto orden de méritos; Que, en virtud de ello, con Oficio N° 6860-2018EF/40.01 la Presidenta del Tribunal Fiscal cursó invitación a la señorita Claudia Elizabeth Toledo Sagástegui, quien aprobó el proceso de selección del aludido concurso público e integraba la Lista de Elegibles, a efectos que

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación Oportuna y Pago del Personal Docente y Promotoras de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 28 850 778,00 ------------------TOTAL EGRESOS 28 850 778,00 ===========

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo "Transferencia para financiar la sostenibilidad de las plazas docentes de Educación Física y técnicos deportivos", que forma parte integrante del Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos, habilitador y habilitados con la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Del refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1668083-2

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