Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2018 (10/07/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 10 de julio de 2018 /

El Peruano

de la presente Resolución Ministerial, para financiar la adquisición de bienes y servicios que se requieran contratar para la atención de la Emergencia Sanitaria declarada mediante Decreto Supremo Nº 013-2018-SA. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central - MINSA, Actividad 5000001 Planeamiento y Presupuesto, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Publica, la Dirección General de Operaciones en Salud y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Pliego 011: Ministerio de Salud, en el ámbito de sus competencias, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 5.- Información 5.1 El Gobierno Regional de Loreto, informará al Ministerio de Salud, sobre los avances físicos y financieros del Plan de Acción para la emergencia sanitaria en las comunidades nativas de Chapis, Nueva Alegría, Ajachim, Wee y Capernaun, distrito de Manseriche, provincia del Datem del Marañón, departamento de Loreto, que como Anexo I forma parte integrante del Decreto Supremo Nº 013-2018-SA. 5.2 Dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal, el Gobierno Regional de Loreto remitirá al Ministerio de Salud copia de la Resolución Ejecutiva Regional y la Nota de Incorporación correspondiente de los recursos transferidos. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1668082-1

en el cargo de Presidente Ejecutivo del Directorio del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que viene desempeñando, correspondiendo aceptarla, así como designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Rudecindo Vega Carreazo, al cargo de Presidente Ejecutivo del Directorio del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Miguel Luis Estrada Mendoza, en el cargo de Presidente Ejecutivo del Directorio del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1668083-7

Designan Directora General de la Oficina General de Comunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 250 -2018-VIVIENDA Lima, 9 de julio del 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 019-2018VIVIENDA se designó a la señora Maryori Karim Valera Cárdenas, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, se ha estimado conveniente dar por concluida la designación señalada en el considerando precedente y designar a la persona que ejercerá dicho cargo de confianza; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora Maryori Karim Valera Cárdenas, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Ana Lucia Llerena Vargas, en el cargo de Directora General de la Oficina

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan Presidente Ejecutivo del Directorio del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2018-VIVIENDA Lima, 9 de julio de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 015-2017VIVIENDA se designó al señor Rudecindo Vega Carreazo,

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