Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2018 (18/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Miércoles 18 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolución Viceministerial N° 033-2018-MINEDU se establece la asignación de recursos como mecanismo para el mejoramiento de la calidad y el logro de resultados del servicio educativo de la Educación Superior Universitaria al cual se ha denominado "Fomento para la mejora de la calidad del servicio educativo en las universidades públicas"; así como, las condiciones para la selección de universidades y la suscripción de los respectivos convenios; por su parte el artículo 2 de la citada Resolución Viceministerial aprueba la Norma Técnica para la implementación del referido mecanismo; Que, asimismo, mediante Resolución Viceministerial N° 036-2018-MINEDU se establece la asignación de recursos como mecanismo para el mejoramiento de la calidad y el logro de resultados del servicio educativo de la Educación Superior Universitaria al cual se ha denominado "Fomento para la mejora del servicio educativo en las universidades públicas" así como las condiciones para la selección de las universidades y la suscripción de los respectivos convenios; por su parte el artículo 2 de la citada Resolución Viceministerial aprueba la Norma Técnica para la implementación del referido mecanismo; Que, la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, mediante el Informe Nº 152-2018-MINEDU/VMGP-DIGESU-DIPODA, sustenta y propone la modificación numeral 6.4 Destino de financiamiento, de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Fomento para la mejora de la calidad del servicio educativo en las universidades públicas", aprobada por Resolución Viceministerial N° 033-2018-MINEDU y del numeral 6.3 Destino del financiamiento, de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Fomento para la mejora del servicio educativo en las universidades públicas", aprobada por Resolución Viceministerial N° 036-2018-MINEDU; Que, en el Informe al que se hace referencia en el considerando precedente se señala que en atención a que la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Fomento para la mejora de la calidad del servicio educativo en las universidades públicas" tiene por finalidad mejorar el servicio educativo a través del cumplimiento de indicadores que garantizan condiciones básicas de calidad en las universidades públicas y avanzar en el proceso de obtención de licenciamiento institucional; las universidades públicas requieren financiar, en algunos casos, inversiones (Proyectos de Inversión e Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación ­ IOARRs) que están asociadas a los indicadores para cumplir condiciones básicas de calidad. Estas inversiones involucran, entre otras, la intervención en laboratorios, talleres y otros que han sido presentados en sus informes para la obtención del licenciamiento ante la SUNEDU, razón por la cual se considera pertinente realizar la precisión sobre la naturaleza de las intervenciones a ser financiadas; Que, asimismo, el Informe Nº 152-2018-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DIPODA señala que en atención a que la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Fomento para la mejora del servicio educativo en las universidades públicas" tiene por finalidad mejorar la provisión de los servicios de acompañamiento académico a los estudiantes; así como, fortalecer la provisión de servicios educacionales complementarios (comedor, residencia, transporte universitario, tópico universitario, etc.), las universidades requieren financiar inversiones (Proyectos de Inversión e Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación ­ IOARRs) para el fortalecimiento de la gestión académica y los servicios de apoyo al estudiante, se considera pertinente realizar la precisión sobre la naturaleza de las intervenciones a ser financiadas; Que, mediante Informe N° 0028-2018-MINEDU/SPEOPEP-UFD la Unidad de Financiamiento por Desempeño señala que en atención a lo expuesto por la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria corresponde modificar el numeral 6.3 Destino del financiamiento, de

la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Fomento para la mejora del servicio educativo en las universidades públicas", aprobada por Resolución Viceministerial N° 036-2018-MINEDU; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante informe Nº 526-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP señala que desde el punto de vista presupuestal, considerando que la propuesta de modificación únicamente precisa el destino de los recursos adicionales a ser asignados mediante los mecanismos "Fomento para la mejora de la calidad del servicio educativo en las universidades públicas" y "Fomento para la mejora del servicio educativo en las universidades públicas" se ratifica en las opiniones brindadas mediante los informes N°s 138-2018-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP y 158-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP por cuanto se cuenta con disponibilidad de recursos en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación para financiar ambos mecanismos; Que, mediante Informe N° 0286-2018-MINEDU/SPEOPEP-UPI la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, emite opinión favorable respecto de la modificación de las Normas Técnicas para la implementación del mecanismo denominado "Fomento para la mejora de la calidad del servicio educativo en las universidades públicas", aprobada por Resolución Viceministerial N° 033-2018-MINEDU y del mecanismo denominado "Fomento para la mejora del servicio educativo en las universidades públicas", aprobada por Resolución Viceministerial N° 036-2018-MINEDU; De conformidad con la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Fomento para la mejora de la calidad del servicio educativo en las universidades públicas" Modificar el numeral 6.4 Destino de financiamiento, de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Fomento para la mejora de la calidad del servicio educativo en las universidades públicas", aprobada por Resolución Viceministerial N° 033-2018-MINEDU conforme al siguiente texto: "6.4 Destino del financiamiento Los recursos adicionales a otorgarse mediante "El Mecanismo" están orientados a financiar la contratación de servicios, la adquisición de bienes, IOARR, proyectos de inversión y otros activos no financieros destinados a la mejora de la gestión académica de la universidad; así como, al fortalecimiento de los servicios de apoyo al estudiante." Artículo 2.- Modificación de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Fomento para la mejora del servicio educativo en las universidades públicas" Modificar el numeral 6.3 Destino del financiamiento, de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Fomento para la mejora del servicio educativo en las universidades públicas", aprobada por Resolución Viceministerial N° 036-2018-MINEDU conforme al siguiente texto: "6.3 Destino del financiamiento Los recursos adicionales a otorgarse mediante "El Mecanismo" están orientados a financiar la contratación de servicios, la adquisición de bienes, IOARR, proyecto de inversión, y otros activos no financieros para asegurar la mejora del servicio educativo, el cumplimiento de

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