Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2018 (23/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Sábado 23 de junio de 2018 /

El Peruano

Artículo 2.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora 009: MC ­ La Libertad, para el Año Fiscal 2018, por un total de S/ 59 500,00 (Cincuenta y nueve mil quinientos con 00/100 Soles); en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS Fuente de Financiamiento Rubro Unidad Ejecutora : : : 4 Donaciones y Transferencias 13 Donaciones y Transferencias 009: MC ­ La Libertad EN SOLES

CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Se encuentran protegidos por el Estado y la ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio, fomentándose la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo; Que, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural aprobada por la Octava Conferencia Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO del 16 de noviembre de 1972, ratificada por el Perú mediante Resolución Legislativa N° 23349 del 21 de diciembre de 1981, establece en su artículo 5 la obligación de cada Estado parte, entre otros, de proteger, conservar y transmitir a las generaciones futuras el Patrimonio Cultural y Natural situado en su territorio, adoptando las medidas jurídicas, técnicas y administrativas adecuadas, para proteger ese patrimonio; Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación señalan que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 443/INC del 4 de abril de 2007, se aprobó el "Esquema Referencial de presentación de Plan de Manejo del Patrimonio Arqueológico e Histórico Inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación"; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 1112/ INC del 5 de agosto de 2009 se declaró como Patrimonio Cultural de la Nación al "Ritual de reconstrucción del Puente Q'eswachaka, así como los conocimientos asociados a su historia y renovación"; Que, asimismo el numeral 97.1 del artículo 97 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC , establece que las Direcciones Desconcentradas de Cultura tienen entre sus funciones la de implementar las políticas relacionadas al registro, inventario, investigación conservación, puesta en valor, puesta en uso social, gestión y administración del patrimonio arqueológico; Que, en este contexto, con Memorandos N° 036-2017-DDC-CUS/MC y N° 416-2018-DDC-CUS/ MC la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco propone la aprobación del "Plan de Manejo del Sistema Vial Andino Qhapaq Ñan: Puente Q'eswachaka" el cual se fundamenta en la conservación integral de sus valores materiales e inmateriales y en el uso sostenible del bien declarado; Que, mediante Memorando N° SS0000106-2018DGPC-VMPCIC/MC que remite el Informe N° SS 0001382018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Proveido N° 002725-2017/DGPA/ VMPCIC/MC y el Informe N° 000248-2017/DMO/DGPA/ VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y el Informe N° 900008-2018/ QHAPAQNAN/VMPCIC/MC de la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional del Proyecto Qhapaq ÑanSede Nacional, se emiten opiniones técnicas favorables respecto de aprobar el "Plan de Manejo del Sistema Vial Andino Qhapaq Ñan: Puente Q'eswachaka"; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296; Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 0052013-MC;

1.5 Otros Ingresos 1.5.4 Transferencias voluntarias distintas a donaciones 1.5.4 1 Transferencias voluntarias corrientes distinta de donaciones 1.5.4 1.1 Transferencias voluntarias corrientes distintas de donaciones 1.5.4 1.1 1 Transferencias voluntarias corrientes de personas jurídicas S/ 59 500,00 ----------------TOTAL INGRESOS S/ 59 500,00 EGRESOS Sección Primera Pliego Unidad Ejecutora Categoría Presupuestal Producto : : : : : EN SOLES

Gobierno Central 003: Ministerio de Cultura 009: MC ­ La Libertad 132 Puesta en valor y uso social del patrimonio cultural 3000709 Población informada y concientizada en la importancia del patrimonio cultural Actividad : 5005211 Sensibilización y capacitación para reconocer el patrimonio cultural Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias Gastos Corrientes 2.3 Bienes y servicios TOTAL EGRESOS

S/ 59 500,00 ----------------S/ 59 500,00 =========

Artículo 3.- Codificación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto instruirá a la Unidad Ejecutora 009: MC ­ La Libertad del Pliego 003: Ministerio de Cultura, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 5.- Presentación de la Resolución Copia de la presente resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1662206-1

Aprueban el "Plan de Manejo del Sistema Vial Andino Qhapaq Ñan: Puente Q'eswachaka"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 245-2018-MC Lima, 21 de junio de 2018 Vistos, los Memorandos N° 036-2017-DDC-CUS/ MC y N° 416-2018-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco; y,

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