Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2018 (23/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 23 de junio de 2018

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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"Cuadro de Plazos Programación Multianual del Gobierno Nacional y Gobierno Regional", Nº 1/GL "Cronograma de Reuniones para la sustentación de la Programación Multianual de Gobiernos Locales" y Nº 2/GL "Cuadro de Plazos Programación Multianual de Gobiernos Locales", de la Directiva N° 001-2018-EF/50.01 "Directiva de Programación Multianual", aprobada mediante la Resolución Directoral N° 012-2018- EF/50.01; Que, habiéndose advertido que a la fecha el avance en el registro y presentación de la información de la Programación Multianual por parte de los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales no es significativo, y considerando que el plazo para su presentación y registro finaliza el 22 de junio del presente año, según los establecido en la Directiva N° 001-2018EF/50.01 "Directiva de Programación Multianual", resulta necesario modificar el Anexo N° 2/GNyR "Cuadro de Plazos Programación Multianual del Gobierno Nacional y Gobierno Regional", con el objeto de contar con la información oportuna a fin de continuar con el proceso presupuestario; Que, considerando lo señalado en el párrafo precedente, y a fin de garantizar el registro oportuno de la información de los Gobiernos Locales, es necesario modificar los plazos establecidos en los Anexos Nº 1/ GL "Cronograma de Reuniones para la sustentación de la Programación Multianual de Gobiernos Locales" y Nº 2/GL "Cuadro de Plazos Programación Multianual de Gobiernos Locales". En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, y en los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar los Anexos N° 2/GNyR "Cuadro de Plazos Programación Multianual del Gobierno Nacional y Gobierno Regional", Nº 1/GL "Cronograma de Reuniones para la sustentación de la Programación Multianual de Gobiernos Locales", y N° 2/GL "Cuadro de Plazos Programación Multianual de Gobiernos Locales", de la Directiva N° 001-2018-EF/50.01 "Directiva de Programación Multianual" aprobada mediante la Resolución Directoral N° 012-2018-EF/50.01, y modificada por la Resolución Directoral N° 014-2018-EF/50.01, conforme a los Anexos que forman parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- La presente Resolución Directoral y los Anexos a los que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob. pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Directora General Dirección General de Presupuesto Público 1662952-1

Los Memorándums N° (s) 1154 y 1201-2018-MINEDUPRONIED-VMGI-UGM, de fechas 01 y 18 de junio de 2018 y los Informes N° (s) 14 y 19-2018-MINEDU/ VMGI-PRONIED-UGM-MLCF, de fechas 01 y 18 de junio de 2018, de la Unidad Gerencial de Mantenimiento; el Informe N° 218-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-OPP, de fecha 06 de junio de 2018, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 512-2018-MINEDU/VMGIPRONIED-OAJ, de fecha 18 de junio de 2018, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79° de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; asimismo, el literal i) del artículo 80° de la referida Ley establece como función del Ministerio de Educación, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, el literal a) del numeral 28.1 del artículo 28° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018, aprobada por la Ley N° 30693, dispone autorizar al Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2018, financiar el Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Educativos 2018, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos, el mejoramiento de los servicios sanitarios, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales para uso pedagógico y equipamiento menor, hasta por la suma de S/ 378 201 130,00 (Trescientos setenta y ocho millones doscientos un mil ciento treinta y 00/100 Soles), los que consideran hasta la suma de S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 Soles), para el financiamiento de los gastos operativos del seguimiento de las actividades previstas en el citado programa, hasta S/ 3 500 000,00 (Tres millones quinientos mil 00/100 soles) para el mantenimiento de bicicletas entregadas para mejorar el acceso a las instituciones educativas y hasta por S/ 51 500 000,00 (Cincuenta y Un Millones Quinientos Mil y 00/100 Soles) para la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales de uso pedagógico, así como equipamiento menor, para primaria y secundaria; Que, asimismo, el referido artículo establece que los montos para los fines señalados serán desembolsados de manera directa, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación, a nombre del director de la institución educativa pública, titular o encargado, bajo la modalidad de subvenciones. Asimismo, se establece que el Ministerio de Educación aprobará las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el referido artículo, las cuales incluyen los mecanismos para la apertura de cuentas y de devolución ante la no utilización de los recursos y así como el plazo hasta el cual se ejecuta lo dispuesto en el numeral 28.1 del citado artículo; Que, el artículo 28° señalado en el considerando precedente también establece, en su numeral 28.3, que el Ministerio de Educación, a partir de la vigencia de la presente Ley, aprobará las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el presente artículo; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED, con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en

EDUCACION
Modifican el Anexo de la R.D. N° 037-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED "Listado de Locales Educativos que forman parte del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Educativos para el año 2018"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 092-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED Lima, 22 de junio de 2018

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