Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2018 (23/06/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

46

NORMAS LEGALES

Sábado 23 de junio de 2018 /

El Peruano

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Derogan la R.M. N° 200-2017-MIMP, que aprobó la Directiva "Pautas para la elaboración del informe que reporta el estado de las líneas estratégicas a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 201-2018-MIMP Lima, 22 de junio de 2018 Vistos, la Nota N° 059-2018-MIMP/OGMEPGD de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, el Informe N° 020-2018-MIMP/ OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 006-2018-MIMP/OGMEPGD-OMEP-JVCH y el Informe N° 05-2018-MIMP/OGMEPGD-OMEP de la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 050-2016MIMP se aprueba la Directiva General N° 006-2016MIMP "Normas para la Gestión de Información en el MIMP", con el objetivo de normar los procedimientos, herramientas utilizadas y responsabilidades para la gestión de información que genera el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el marco de sus políticas, planes especiales multisectoriales, programas y proyectos; Que, a través de Resolución Ministerial N° 200-2017MIMP se aprueba la Directiva N° 009-2017-MIMP "Pautas para la elaboración del informe que reporta el estado de las líneas estratégicas a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", con el objetivo de normar el procedimiento que deben seguir las instancias del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para la formulación del informe sectorial; Que, de acuerdo al artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada tiene como función proponer la normas y lineamientos para la implementación y funcionamiento eficaz y eficiente del Monitoreo y Evaluación del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables con carácter progresivo, descentralizado y participativo, de las políticas nacionales que lidera el Sector y en las que participa sectorialmente, así como de los correspondientes planes nacionales, programas y proyectos relacionados a su competencia; Que, mediante el Informe N° 006-2018-MIMP/ OGMEPGD-OMEP-JVCH y el Informe N° 05-2018-MIMP/ OGMEPGD-OMEP la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada indica que la Directiva N° 009-2017-MIMP debe ser derogada debido a que presenta limitaciones en su implementación y que parte de la información solicitada en esta directiva también se reporta en la Directiva General N° 006-2016MIMP. Asimismo, se indica que la Directiva N° 009-2017MIMP reúne información que no varía en el tiempo, es decir, que no es necesaria recoger, así como otras que ya vienen reportándose a través del Portal de Transparencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Oficina de Modernización

Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene como funciones orientar, coordinar y proponer directivas para la formulación de reglamentos, manuales, directivas y otros documentos de gestión institucional y emitir opinión técnica previa a los proyectos de directivas, procedimientos e instructivos que emitan institucionalmente las unidades orgánicas, en el marco de sus competencias; Que, mediante el informe N° 020-2018-MIMP/OGPPOMI la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre la base de lo indicado por la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, concluye que resulta necesario derogar la Directiva N° 009-2017-MIMP; Que, en ese sentido, corresponde derogar la Directiva N° 009-2017-MIMP "Pautas para la elaboración del informe que reporta el estado de las líneas estratégicas a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables"; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial N° 2002017-MIMP que aprobó la directiva N° 009-2017-MIMP "Pautas para la elaboración del informe que reporta el estado de las líneas estratégicas a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables-MIMP". Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA MENDIETA TREFOGLI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1662927-1

PRODUCE
Designan Jefe del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 010-2018-PRODUCE Lima, 22 de junio de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 017-2016-PRODUCE, se designó a la señora María Isabel Castro Silvestre en el cargo de Jefe del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES, cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; así como designar a la persona que ejercerá el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 010-92-PE que constituye el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES; y la Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.