Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2018 (03/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de marzo de 2018 /

El Peruano

Artículo 2.- El gasto que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, será cubierto con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Martín Jim Mijichich Loli, Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado Pasajes Viáticos x 6 días S/ 10,141.43 S/ 7,770.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el servidor citado en el artículo 1 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1622183-1

Arturo Adolfo Arbulú Zuazo como Director del referido CITE; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica ­ CITE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de la Dirección del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura" a la señora Melva Elizabeth Pazos Hamm de Munaylla, dispuesto mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 403-2017-PRODUCE. Artículo 2.- Designar al señor Arturo Adolfo Arbulú Zuazo como Director del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura CITEpesquero Piura". Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIENEKE MARÍA SCHOL CALLE Ministra de la Producción 1621380-1

PRODUCE
Designan Director del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 086-2018-PRODUCE Lima, 28 de febrero de 2018 VISTOS: Los Oficios Nº 29-2018-ITP/DE y Nº 0842018-ITP/SG del Instituto Tecnológico de la Producción; el Informe Nº 261-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 147-2016-PRODUCE, se crea el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura", de naturaleza pública, órgano desconcentrado del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP; Que, con el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 403-2017-PRODUCE, se encarga a la señora Melva Elizabeth Pazos Hamm de Munaylla, profesional del ITP, la Dirección del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura", en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular; Que, a través del Oficio Nº 29-2018-ITP/DE, el Director Ejecutivo del ITP remite al Ministerio de la Producción, la propuesta de designación del señor Arturo Adolfo Arbulú Zuazo como Director del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura", dando por concluido el encargo citado en el considerando precedente; Que, asimismo, mediante el Oficio Nº 084-2018-ITP/ SG, el Secretario General del ITP remite el Informe Nº 0292018-ITP/OGRRHH, con el cual se sustenta la propuesta de designación del Director del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura CITEpesquero Piura"; Que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, resulta necesario dar por concluido el encargo efectuado mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 403-2017-PRODUCE y designar al señor

Suspenden las actividades extractivas del recurso anchoveta y anchoveta blanca en área del dominio marítimo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 090-2018-PRODUCE 2 de marzo de 2018 VISTOS: El Oficio N° 164-2018-IMARPE/DEC del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE; el Informe N° 065-2018-PRODUCE/DGPARPA-DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; y el Informe Nº 267-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en adelante la Ley, en su artículo 2 establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación; en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9 de la Ley, modificado por el Decreto Legislativo N° 1027, dispone que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; además, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio; Que, el segundo párrafo del artículo 19 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, modificado mediante Decreto Supremo N° 008-2012-PRODUCE, dispone que

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