Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2018 (08/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de marzo de 2018 /

El Peruano

de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor Antonio Mirril Ramos Bernaola, Director de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa "Agua Segura para Lima y Callao", el puesto de Director Ejecutivo del Programa "Agua Segura para Lima y Callao" del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adición a sus funciones, en tanto se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1623646-1

ORGANISMOS EJECUTORES

CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS
Modifican 2 Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos, incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 027-2018-PERÚ COMPRAS Lima, 7 de marzo de 2018 VISTO: El Informe N° 018-2018-PERÚ COMPRAS/DSI, de fecha 09 de febrero de 2018, de la Dirección de Subasta Inversa, y el Informe N° 062-2018-PERÚ COMPRAS/ SG-OAJ, de fecha 06 de marzo de 2018, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las compras corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las compras corporativas facultativas que le encarguen otras entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modificado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios transables, de acuerdo a lo previsto en la Directiva que emita para estos efectos, las que son incluidas en un Listado de Bienes y Servicios Comunes al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada "Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de

su uso", aprobada por Resolución Jefatural N° 0422016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por la Resolución Jefatural N° 063-2017PERÚ COMPRAS, en adelante la "Directiva", señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones específicas que deben tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación de la Entidad, y la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características específicas del bien o servicio común; Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERÚ COMPRAS podrá modificar o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes, previo sustento técnico de la verificación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Subasta Inversa, siendo que, para el caso de modificación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la Ficha Técnica, que no afecte su condición de bien común; Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Específicas de la Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modificación o la exclusión de la ficha técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes; Que, la Dirección de Subasta Inversa a través del Informe N° 018-2018-PERÚ COMPRAS/DSI, sustenta la modificación de dos (02) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes, según los siguientes fundamentos: i) incorporación de la especificación técnica "solución inyectable" en la forma farmacéutica de los productos; y, ii) se verificó que el cambio en la especificación técnica, no afecta la condición de bien común de los bienes, en relación a la pluralidad de oferta, determinándose que en función de la verificación realizada en el portal web de la DIGEMID y en el Sistema de Información ­SI DIGEMID, se ha constatado la existencia de cinco (05) Titulares de Registros Sanitarios para el producto farmacéutico IFOSFAMIDA, 1 g, INYECTABLE y cuatro (04) Titulares de Registros Sanitarios para el producto farmacéutico FOLINATO DE CALCIO, 50 mg. INYECTABLE; Que, mediante Informe N° 062-2018-PERÚ COMPRAS/SG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Subasta Inversa, y de conformidad con el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como lo dispuesto en la Directiva N° 0062016-PERÚ COMPRAS, es procedente la modificación de dos (02) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes; Con el visto bueno de la Secretaría General, la Dirección de Subasta Inversa y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF; la Directiva N° 006-2016PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y en uso de la atribución conferida por los literales c) y f) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 364-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar dos (02) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos, incluidas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes, contenidas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, según el siguiente detalle: N° 1 2 Denominación del Bien IFOSFAMIDA, 1 g, INYECTABLE FOLINATO DE CALCIO, 50 mg, INYECTABLE

· Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc

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