Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2018 (08/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Jueves 8 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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Establecen Rol de Turno Penal de Pachacutec y Mi Perú, y modifican el Rol de Turno Penal de los distritos de Ventanilla, Ancón y Santa Rosa
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 069-2018-P-CSJV/PJ Ventanilla, dos de marzo de dos mil dieciocho.VISTOS: Decreto Supremo N° 002-2016-JUS; Resoluciones Administrativas Nros. 082 y 288-2016-CEPJ, 072-2017-CE-PJ y 040, 044 y 045- 2018-CE-PJ; Resolución Administrativa N° 027-2018-P-CE-PJ de fecha 28 de febrero de 2018; y Resolución Administrativa N° 647-2017-P-CSJV/PJ de fecha 29 de diciembre de 2017; y, CONSIDERANDO: Primero: Por Decreto Supremo N° 002-2016-JUS publicado con fecha 31 de marzo de 2016, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, disponiéndose su implementación a partir del 01 de mayo del 2016 en el Distrito Judicial de Ventanilla. En ese sentido, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa N° 082-2016-CEPJ, de fecha 01 de abril de 2016, creó a partir del 01 de mayo de 2016, los siguientes órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Ventanilla para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal: Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla, Juzgado de Investigación Preparatoria de Ancón y Santa Rosa, Juzgado de Investigación Preparatoria de Mi Perú, Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Ventanilla, Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Ventanilla, Segunda Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla. Segundo: La Resolución Administrativa N° 288-2016-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso la unificación del turno especial en materia penal a nivel nacional, señalando que en las sedes judiciales donde se cuente con más de un Juzgado de Investigación Preparatoria, incluido los juzgados subespecializados, los juzgados liquidadores y los que tramitan procesos bajo las normas del Decreto Legislativo N° 1194, compartan entre todos aleatoriamente el turno judicial correspondiente, precisando que éste se iniciará el día lunes, a partir del minuto siguiente de concluida la jornada ordinaria laboral, según el horario dispuesto por cada sede judicial, concluyendo al sétimo día de iniciado, es decir, el próximo lunes hasta un minuto antes del inicio de la jornada laboral ordinaria. Del mismo modo, se fijaron criterios para la atención de los requerimientos en el turno cuando estos cuentan con o sin detenidos. Tercero: Por Resolución Administrativa N° 072-2017-CE-PJ, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 22 de febrero del año en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en atención al Segundo Tramo de Implementación del Código Procesal Penal resolvió crear el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ventanilla; Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec; Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ancón y Santa Rosa; Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Mi Perú; Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Ancón y Santa Rosa; y Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Ventanilla, entrando en funcionamiento a partir de 01 de mayo de 2017. Cuarto: Que mediante Resolución Administrativa N° 647-2017-P-CSJV/PJ de fecha 29 de diciembre de 2017, se estableció el sistema de turno especial para los Juzgados de la Investigación Preparatoria del Distrito Judicial de Ventanilla, el mismo que inició desde las 08:00 horas del día 01 de enero de 2018, programado hasta el 07 de enero de 2019 a las 07:59 horas, en forma semanal conforme al siguiente orden:

a) Distrito de Ventanilla: Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ventanilla, Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla, Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla, Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla, Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla; b) Distritos de Ancón y Santa Rosa: Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Ancon y Santa Rosa, y Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ancon y Santa Rosa; asimismo, Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Mi Perú y el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec efectuarán el servicio de Turno Penal en forma permanente, conforme a sus competencias. Quinto: Mediante Resolución Administrativa N° 0402018-CE-PJ se dispuso prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios de especialidad penal creados por Resolución Administrativa N° 072-2017-CE-PJ, a partir del 01 de febrero de 2018 hasta el 28 de febrero de 2018, conforme se detalla: Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ventanilla, Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec, Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ancón y Santa Rosa, Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Mi Perú, Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Ancón y Santa Rosa, y Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Ventanilla. Sexto: Por Resoluciones Administrativas Nros. 044-2018-CE-PJ y 045-2018-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo, en atención al Tercer Tramo de Implementación del Código Procesal Penal, dispuso que a partir del 01 de marzo del 2018, entren en funcionamiento, los siguientes órganos jurisdiccionales: Sala Penal de Apelaciones Transitoria de Ventanilla, Juzgado Penal Colegiado Permanente de Ventanilla, Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ventanilla, Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Ventanilla, Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Mi Perú, Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Santa Rosa y Ancón, Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec, y Primer y Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Pachacutec; y la conversión del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla como Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Pachacutec; asimismo del Primer y Segundo Juzgado Penal Liquidador en Juzgado Penal Unipers onal Permanente de Ancón y Santa Rosa, y Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Mi Perú, respectivamente. Sétimo: Mediante Resolución Administrativa N° 027-2018-P-CE-PJ de fecha 28 de febrero de 2018, remitida por correo institucional en la fecha, se dispuso diversas medidas administrativas complementarias de las Resoluciones Administrativas Nros. 044-2018-CE-PJ y 045-2018-CE-PJ, en lo que corresponde a la creación y reubicación de órganos jurisdiccionales penales; modificándose la denominación del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ventanilla, a Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ventanilla; Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ancón y Santa Rosa a Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ancón y Santa Rosa; y Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec a Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec; asimismo, se dispuesto que el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla cuente competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Ventanilla, para tramitar en forma exclusiva los procesos por delito de Corrupción de Funcionarios. Octavo: En ese orden de ideas y a efecto de cautelar el normal desempeño de las funciones de los Juzgados en materia Penal que vienen aplicando el Código Procesal Penal, resulta pertinente que esta Presidencia proceda a modificar el Rol de Turno de los Órganos Jurisdiccionales del Distrito Judicial de Ventanilla. Por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

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